STSJ Comunidad de Madrid 2551, 19 de Enero de 2006
Ponente | MARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANO |
ECLI | ES:TSJM:2006:2551 |
Número de Recurso | 420/2005 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 2551 |
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6 MADRID SENTENCIA: 00068/2006 Ponente: Sra. Amparo Guilló Sánchez Galiano APELACION Nº 420/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEXTA SENTENCIA Nº68 Ilmos. Sres:
Presidente: D. Jesús Cudero Blas Magistrados:
Doña Teresa Delgado Velasco Doña Cristina Cadenas Cortina Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano Doña Eva Gallardo Martín de Blas D. Francisco de la Peña Elias En la Villa de Madrid, a 19 de enero de 2006.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del presente recurso de apelación numero 420/2005, interpuesto contra el Auto dictado el 3 de marzo de 2005 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de los de Madrid en el recurso contencioso núm. P.A 646/04 . Ha sido parte apelante la Procuradora doña Almudena Fernández Sánchez en defensa de don Mauricio y como apelado la Delegación del Gobierno en Madrid representada y defendida por la Abogacía del
Estado. Ha sido Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dña. Amparo Guilló Sánchez Galiano, quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de los de Madrid se dictó Auto, en fecha 3 de marzo de 2005 cuya parte dispositiva acordaba la inadmision y archivo del recurso administrativo interpuesto frente a resolución de expediente de expulsión.
Con fecha 14 de marzo de 2005, por la Procuradora doña Almudena Fernández Sánchez, se interpuso recurso de apelación mediante escrito en cuyo suplico interesaba la revocación del Auto apelado.
Recibidos los autos en esta Sala se señaló para votación y fallo el día 18 de enero de 2006.
Ha sido Ponente, la Ilma. Sra. Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano, quien expresa el parecer de la Sala.
En el recurso contencioso interpuesto ante el Juzgado de instancia, firmado tan solo por la Letrado designada del turno de oficio, fue requerida para que se personase en el Juzgado con su patrocinado a fin de que firmase la demanda y se le otorgase apoderamiento bajo apercibimiento de archivo. La Letrado dejo transcurrir tal plazo del requerimiento, por lo que se dicto por el Juzgado el Auto ahora impugnado, acordando el archivo de actuaciones. En apelación alega dicha parte apelante que ya ostentaba la representación por cuanto la había tenido en vía administrativa en virtud de la designación de oficio por el ICAM para asistencia al extranjero en el expediente, así como que su cliente se encontraba ilocalizable y que, en todo caso se solicitara la averiguación de Procurador de oficio.
La cuestión que ahora se plantea ya ha sido resuelta por la Sección Primera de esta Sala de lo Contencioso Administrativo en ocasiones anteriores, siendo exponente de dicha doctrina la Sentencia de fecha 21 de octubre de 2004, num. 1242, rec. de apelación num. 96/04 , criterio que por tanto ha de mantenerse ahora. Se...
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