STSJ Comunidad Valenciana , 11 de Febrero de 2000
Ponente | LUIS MANGLANO SADA |
ECLI | ES:TSJCV:2000:1139 |
Número de Recurso | 3140/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 11 de Febrero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Rº 3140/97 SENTENCIA Nº 135 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO Sección Primera Iltmos. Srs.:
Presidente:
D. JOSE DIAZ DELGADO.
Magistrados:
D. SALVADOR BELMONT MORA.
D. LUIS MANGLANO SADA.
En la Ciudad de Valencia, a 11 de febrero del dos mil. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo nº 3140/97, interpuesto por la Procuradora Dª. Margarita Sanchis Mendoza, en nombre y representación de D. Gonzalo , Dª. Emilia , Dª. María Inmaculada y Dª.
Natalia , contra el Ayuntamiento de Ador, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, repre sentada por la Procuradora Dª. María Rosa Ubeda Solano.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.
No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día 10 de febrero del dos mil, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS: Los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo ponente el Magistrado D. LUIS MANGLANO SADA.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por D. Gonzalo , Dª.
Emilia , Dª. María Inmaculada y Dª. Natalia contra la resolución de 23 de octubre de 1997 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Ador, que desestimó el recurso de reposición formaulado contra las liquidaciones nº
NUM000 , NUM001 , NUM002 , NUM003 , NUM004 , NUM005 y NUM006 giradas por dicha Corporación en concepto de Tasa por reparación, conservación, mantenimiento y limpieza de caminos y vías rurales, ejercicio 1997, por un importe total de 44.151 ptas.
Deberá ponerse de manifiesto que este Tribunal ya se ha pronunciado estimatoriamente sobre un litigio idéntico al presente por medio de sus sentencias nº 1249/97 y 185/99, respecto a recursos con idénticas partes, pretensiones y objeto, si bien referidos a los ejercicios 1994 y 1995 de la antedicha Tasa, indicándose en la fundamentación jurídica de la segunda de dichas sentencias que:
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