STSJ Asturias , 26 de Octubre de 2004

PonenteJULIO LUIS GALLEGO OTERO
ECLIES:TSJAS:2004:4984
Número de Recurso1696/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD SEC.2 OVIEDO SENTENCIA: 01127/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA RECURSO: 1696/00 RECURRENTE: D. Francisco RECURRIDO: DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA ABOGADO DEL ESTADO S E N T E N C I A NÚM. 1127/04 ILMO. SR. PRESIDENTE D. LUIS QUEROL CARCELLER ILMOS. SRES. MAGISTRADOS D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO En OVIEDO, a veintiséis de octu bre de dos mil cuatro .

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 16 96 del año 2000 , interpuesto por D. Francisco , funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, actuando en su propia defensa y representación , contra la resolución de la DIRECCIÓN GE NERAL DE LA POLICIA, de fecha 10 de juli o de 2000 , por la que se desestima la petición sobre abono de una cantidad mínima mensual de 5000 pts. en concepto de productividad residual . Ha sido parte la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICIA, representado por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante e l pertinente escrito de fecha 10 de octu bre de 2001, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dicte sentencia, por la que estimando el recurso, se anule la resolución recurrida Por medio de otrosí solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando se dicte sentencia desestimando el recurso por haberse ajustado a Derecho la Resolución recurrida.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, transcurrió el término sin que por las partes se presentara prueba alguna .

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el v einte de octu bre pasado, en que tuvo lugar dicho acto.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente en el presente proceso contencioso-administrativo, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, impugna la Resolución de la Dirección General de la Policía de 10 de juli o de 2000 , que desestima su solicitud de abono de una cantidad mínima mensual de 5.000 pesetas en concepto de productividad funcional para todo el personal operativo , con independencia de las 15.000 pesetas mensuales que viene percibiendo en concepto de compensación por turnicidad.

SEGUNDO

El derecho reclamado p or el actor a la percepción de 5 .000 pesetas mensuales en concepto de productividad normalizada desde el 1 de enero de 199 8 y po r aplicación de la Resolución d e la Dirección General de la Policía de 23 de enero de 1 998 , puesto que las excepciones que recoge no le afectan , juntamente con la cantidad que viene percibiendo por turnos rotatorios, se asienta, en los hechos y fundamentos jurídicos siguientes: Entre los antecedentes destacan, además, de los reseñados, el puesto de trabajo que...

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