STSJ Cantabria , 15 de Mayo de 2000

PonenteMARIA JOSEFA ARTAZA BILBAO
ECLIES:TSJCANT:2000:904
Número de Recurso1723/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Josefa Artaza Bilbao Doña María Jesús Vegas Torres En la Ciudad de Santander, a 15 de Mayo de 2000. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 1723/98, interpuesto por la entidad mercantil DOÑA Amparo , representada por el Procurador Don Alfonso Alvarez Pañeda y defendida por el Letrado Don Alfonso Ruiz Rivero, contra el AYUNTAMIENTO DE SANTANDER, representado por la procuradora Doña María del Carmen Simon-Altuna Moreno y defendido por la Letrada Doña Teresa Merino Pastor. La cuantía del recurso es de 217.350 pesetas. Es ponente la Iltma. Sra. Doña María Josefa Artaza Bilbao, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 19 de Octubre de 1998 contra la resolución del Illmo.Sr.Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santander de fecha 22 de Septiembre de 1998, por la que se desestima el Recurso de Reposición interpuesto contra la Resolución de la Alcaldía de Santander de fecha 8 de Julio de 1.998 por la que se aprueba la liquidación derivada del Acta de disconformidad número NUM000 , por el concepto tributario de Tasa por Licencia de Apertura, importe 217.350 pesetas.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, y añadiendo en el escrito de demanda su disconformidad con la liquidación Del Impuesto de Actividades Económicas y Sanción correspondiente, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.

TERCERO

En su contestación a la demanda, la Administración del Estado recurrida solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan y alegando ampliación indebida del objeto del recurso e inadmisibilidad en cuanto a la pretension de variación en el importe de la liquidación girada.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, y practicadas las que constan en autos, se señaló fecha para la vista, la que tuvo lugar el día 8 de Mayo de 2000, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna mediante el presente recurso la resolución del Illmo.Sr.Alcalde-Presidente del Excmo.Ayuntamiento de Santander de fecha 22 de Septiembre de 1998,por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Alcaldía de Santander de fecha 8 de Julio de 1.998, formulado en relación con la liquidación derivada del Acta de Disconformidad número NUM000 , por el concepto de Tasa por Licencia de Apertura, importe 217.350 pesetas.

SEGUNDO

De modo previo y ante las alegaciones de desviación procesal por parte de la Administración recurrida, acerca del objeto del presente recurso contencioso-administrativo, se ha de clarificar que impugnado únicamente por el recurrente la Resolución de la Alcadia del Ayuntamiento de Santander por la que se aprueba la liquidación derivada del Acta número NUM000 , y afectando esta al concepto por Tasa por licencia de Apertura, serán pretensiones abarcables en este recurso las que integren el contenido de dicho acto administrativo previo y no las liquidaciones por el Impuesto sobre Actividades Económicas giradas al recurrente materia a debatir constituye el...

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