STSJ Cataluña , 16 de Octubre de 2002

PonenteMARIA PILAR MARTIN COSCOLLA
ECLIES:TSJCAT:2002:11504
Número de Recurso915/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Recurso nº 915/98 Partes: Concepción C/ DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE GIRONA S E N T E N C I A Nº 866 Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ JUANOLA SOLER Dª. PILAR MARTÍN COSCOLLA D.MANUEL TABOAS BENTANACHS En la ciudad de Barcelona, a dieciseis de octubre de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

915/98, interpuesto por Concepción , representada por la Procuradora Dª Concha Cuyás Henche y asistida por el letrado D. Salvador Casamitjana Llovet, contra DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE GIRONA, representada y asistida por el Abogado del Estado. Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª PILAR MARTÍN COSCOLLA. , quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la citada procuradora, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución de 12 de febrero de 1998 recida en el expediente nº 1116/97 .

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de fecha se acordó no haber lugar al recibimiento del pleito a prueba, continuándose con el trámite de conclusiones sucintas, que las partes evacuaron, señalándose para votación y fallo el día 4 de octubre del año en curso..

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Doña Concepción impugna la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Girona de fecha 19 de diciembre de 1997 por la que se le impuso una sanción de 172.001 ptas. por cometer una infracción de las previstas en los artículos 292 y 294 del Reglamento de Transportes Terrestres aprobado por R.D. 1211/90. Impugna también el acuerdo de la Delegada del...

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