STSJ Comunidad Valenciana , 18 de Enero de 2003

PonenteJOSEFINA SELMA CALPE
ECLIES:TSJCV:2003:357
Número de Recurso1098/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

º núm.: 1098/99 S E N T E N C I A N º 121 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Iltmos. Sres.:

Presidente D. JOSÉ DÍAZ DELGADO Magistrados D. MARIANO AYUSO RUIZ TOLEDO Dª JOSEFINA SELMA CALPE En Valencia, a dieciocho de enero de dos mil tres.

Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 1098/99, promovido por la Procuradora Dª Lidón Jimenez Tirado, en nombre y representación de ARCILLAS ATOMIZADAS, S.A, contra las resoluciones del Conseller de Economía, Hacienda y Administración Pública de 23 de febrero de 1999 y 1 de marzo de 1999 que desestimaron los recursos de alzada deducidos contra las liquidaciones de autoconsumos del canon de saneamiento nº LA-01148/93, nº LA-00364/94 y nº LA-00326/95 correspondientes a los ejercicios 1993, 1994 y 1995, y contra la resolución del Conseller de Economía, Hacienda y Administración Pública de 15 de junio de 1999 por la que se desestimó el recurso de alzada deducido contra la resolución de 1 de junio de 1998 del Presidente del Consejo de Administración de la Entidad de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana por la que se desestimó el recurso de reposición formulado contra la resolución de 27 de enero de 1998 por la que se aprobaron los coeficientes correctores del canon de saneamiento para los ejercicios 1993, 1994 y 1995, habiendo sido parte en autos la Generalidad Valenciana representada por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el art. 64 de la Ley de la Jurisdicción, y verificado quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día treinta y uno de octubre de dos mil dos, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales .

VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª JOSEFINA SELMA CALPE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto contra las resoluciones del Conseller de Economía, Hacienda y Administración Pública de 23 de febrero de 1999 y 1 de marzo de 1999 que desestimaron los recursos de alzada deducidos contra las liquidaciones de autoconsumos del canon de saneamiento nº LA- 01148/93, nº LA-00364/94 y nº LA-00326/95 correspondientes a los ejercicios 1993, 1994 y 1995, y contra la resolución del Conseller de Economía, Hacienda y Administración Pública de 15 de junio de 1999 por la que se desestimó el recurso de alzada deducido contra la resolución de 1 de junio de 1998 del Presidente del Consejo de Administración de la Entidad de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana por la que se desestimó el recurso de reposición formulado contra la resolución de 27 de enero de 1998 por la que se aprobaron los coeficientes correctores del canon de saneamiento para los ejercicios 1993, 1994 y 1995.

SEGUNDO

La pretensión...

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