STSJ Comunidad de Madrid , 30 de Marzo de 2004
Ponente | ENRIQUE CALDERON DE LA IGLESIA |
ECLI | ES:TSJM:2004:4194 |
Número de Recurso | 267/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2 MADRID SENTENCIA: 00515/2004 Recurso de apelación 267/02 SENTENCIA NUMERO 515 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCI0N SEGUNDA Ilustrísimos señores:
Presidente.
Don Javier E. López Candela Magistrados:
Dñª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.
D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.
Dña. Sandra González de Lara Mingo.
D. Enrique Calderón de la Iglesia.
En la Villa de Madrid, a 30 de Marzo de 2.004 Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso de apelación número 267/02 interpuesto por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón representado y dirigido por el Letrado Sr. Moreno López contra la sentencia de fecha 13 de Junio de 2.002 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Madrid en el P.A. 60/02 ; siendo parte apelada D. Alberto representado y dirigido por el Letrado Sr. Rodríguez González.
El día 13 de Junio de 2.002, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de los de esta ciudad, en el Procedimiento Abreviado nº 60/02, se dictó sentencia estimando el recurso interpuesto por D. Alberto contra la inactividad del Ilmo. Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón por inejecución de la resolución de fecha 6 de Julio de 2.001 declarando contraria a derecho la pasividad del mencionado Ayuntamiento.
Por escrito presentado el día 1 de Julio de 2.002 la representación del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida y terminó solicitando su admisión y estimación.
Por providencia de fecha 11 de Julio de 2.002 se admitió a trámite el recurso y se acordó dar traslado del mismo a la parte demandada, presentándose por el Letrado D. Eduardo Rodríguez González en representación de Alberto escrito el día 24 de Julio de 2.002 oponiéndose al mismo y solicitó su desestimación y la confirmación de la Resolución recurrida.
Por resolución de fecha 2 de Septiembre de 2.002 se elevaron las actuaciones de este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta sección segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Enrique Calderón de la Iglesia, señalándose el día 23 de Marzo de 2.004 para la deliberación votación y fallo del recurso de apelación en que tuvo lugar.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los artículos 80.3 y 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa 29/1.998 .
Por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón se impugna la sentencia de fecha 13 de Junio de 2.002 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 en el recurso interpuesto por Don Alberto contra la inejecución por el Ayuntamiento referido de la resolución de 6 de Julio de 2001 sobre otorgamiento de autorización temporal de terraza de veladores en el exterior del establecimiento DIRECCION000 sito en AVENIDA000 nº NUM000 en el que...
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