STSJ Cataluña , 14 de Septiembre de 2001

PonenteJOSE JUANOLA SOLER
ECLIES:TSJCAT:2001:10680
Número de Recurso152/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 152/1998 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso nº 152/1998 SENTENCIA n° 794 Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. José Juanola Soler D. Manuel Táboas Bentanachs D. Francisco López Vázquez Barcelona, a catorce de septiembre del año dos mil uno. Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el presente recurso contencioso administrativo sobre transportes, seguido entre partes: como parte demandante, D. Juan Carlos , representada y defendida por Letrado D. JOAN BOFARULL FARGUELL; como parte demandada, la Generalitat de Catalunya - Departament de Política Territorial i Obres Públiques -, representada y defendida por Lletrat/da de la Generalitat.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo.. Sr. Magistrado D. José Juanola Soler.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra Resolución del Conseller de Política Territorial i Obres Públiques de fecha 19-11-1997 por la que se estima el recurso ordinario interpuesto por AUTOCARES TARRES, SL., contra Resolución del Director General de Ports i Transports de fecha 15-1-1997 por la que se le había denegado la autorización de prestación de un servicio discrecional consolidado con reiteración de itinerario y cobro por coche completo para el transporte de escolares entre Olius (cruilla Comajuncosa) - Besora (cruiila CC 149) - Navés - Sant Pinç - Solsona, y retomo; y se facultaba Don. Juan Carlos para que la solicitara; y se deja sin efecto la Resolución del Director

    General de Porte i Transports de fecha 15-1-1997.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, y admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictara Sentencia estimatoria de la demanda articulada.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

    Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 5-IX-2001.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión actora de que se anule la Resolución del Conseller de Política Territorial i Obres Públiques de fecha 19-11- 1997 por la que se estima el recurso ordinario interpuesto por AUTOCARES TARRES, SL., contra Resolución piel Director General de Ports i Transports de fecha 15-1-1997 por la que se le había denegado la autorización de prestación de un servicio discrecional consolidado con reiteración de itinerario y cobro por coche completo para el transporte de escolares entre Olius (crufla Comajuncosa) - Besora (crufla CC 149) - Navés - Sant Pino - Solsona, y retorno; y se facultaba Don. Juan Carlos para que la solicitara; y se deja sin efecto la Resolución del Director General de Ports i Transports de fecha 15-1-1997; y se confirme esta última Resolución.

SEGUNDO

Se deja constancia de los siguientes antecedentes del caso:

1) Por Acuerdo del Consell Comarcal del Solsonés de 30-8-1996, se adjudicó a Autocares Tarrés, SL., el servicio escolar de transporte, ruta Solsona - Navés,...

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