STSJ Galicia , 12 de Febrero de 2003

PonenteFERNANDO SEOANE PESQUEIRA
ECLIES:TSJGAL:2003:703
Número de Recurso399/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

01/0000399/2000 -MJA SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Nº 159 2003 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO MAGISTRADOS:

D. BENIGNO LOPEZ GONZÁLEZ D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA En La Ciudad de A Coruña, a doce de febrero de dos Mil tres.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01/0000399/2000 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Carlos Manuel , representado por la Procuradora Dña. MARIA FARA AGUIAR BOUDIN y dirigido por el Abogado D. EDUARDO AGUIAR BOUDIN, contra Silencio administrativo por parte de la Consellería de medio Ambiente a recurso de 10.05.99 c/ resolución de 12.04.99 (A-156/97) sobre petición de legalización y autorización de obras en zona de protección marítimo-terrestre. Es parte como demandada la CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuantía del recurso la de 600.000.- Pts.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El recurrente con fecha 19 de agosto de 1997 solicitó ante el Servicio Provincial de Costas de la Consellería de Política Territorial obras Públicas e Vivenda autorización para la realización de obras en la finca de su propiedad, sita en el número NUM000 - NUM001 del lugar de Casquido, Parroquia de Nogueirosa, en el término municipal de Pontedeume, afectada por la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre.

A la vista de los informes que la Consellería de Política Territorial, obras Públicas e Vivenda recabó del Ayuntamiento de Pontedeume y de la Demarcación de Costas de Galicia, por la Dirección Provincial de la Consellería de Medio Ambiente se dictó resolución de fecha 8 de abril de 1998 en la que se resuelve que a la vista de la documentación que figura en el expediente, las obras que pretende realizar no reúnen los requisitos exigidos en la legislación de costas vigente, sin especificar de qué requisitos se trata, ni la medida en que las obras supuestamente los incumplen. El recurrente formula alegaciones a esa resolución, y por el Delegado Provincial de la Conselleria de Medio Ambiente se pone fin al expediente por resolución de fecha 12 de abril de 1999 en la que se acuerda conceder la autorización para la construcción de cierres así como conceder la legalización de las obras de construcción de la piscina, si bien se deniega la legalización para las obras de construcción del llamado mirador-tendedero, y se deniega la autorización para la instalación de casetas para guardar ganado ovino. Contra esta resolución el actor interpone recurso ordinario, con fecha 6 de mayo de 1999, que no ha tenido respuesta, entendiéndose en consecuencia desestimado por silencio administrativo, por lo que el actor procede a interponer el presente recurso contencioso-administrativo.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimatoria.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda al Sr. Letrado de la Xunta de Galicia evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimatoria.

TERCERO

Declarado concluso el debate escrito se dejan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Don Carlos Manuel impugna en esta vía jurisdiccional la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso ordinario interpuesto contra la resolución de 6 de abril de 1999 del Delegado provincial en A Coruña de la Consellería de. Medio Ambiente denegatoria de la solicitud de legalización y autorización de determinadas obras del recinto denominado mirador- tendedero en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre.

SEGUNDO

La legalización de que trata este litigio se refiere a obras realizadas en una finca situada en parte dentro de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo- terrestre en el lugar de Casquido, NUM000 - NUM001 , parroquia de Nogueirosa, término municipal de Pontedeume, con un fuerte desnivel, dentro de la que existe una vivienda, ésta sita fuera de la servidumbre de protección, para cuya mejor utilización se realizaron dos zonas mediante la formación de sendas terrazas, en la primera de las cuales, ubicada en el frente de la casa y utilizada como entrada al garaje que se halla semienterrado, se realizó un relleno de tierras y la construcción de un muro de contención, de hormigón revestido de piedra, con una altura de 2'20 metros, y como continuación de éste, y con las mismas características, se hicieron otros muros formando un recinto cerrado, denominado en la solicitud inicial mirador-tendedero, mientras que en a segunda terraza, en la que también se realizó un relleno de tierras debido a la fuerte pendiente del terreno, se construyó una piscina y otro muro de contención de las mismas características que el anterior y con una altura variable...

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