STSJ Castilla y León , 31 de Mayo de 2001

PonenteJUAN IGNACIO MORENO-LUQUE CASARIEGO
ECLIES:TSJCL:2001:2763
Número de Recurso40/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a treinta y uno de Mayo de dos mil uno. En el recurso número 40/2000, interpuesto por Marco Antonio representado por el Procurador Don Cesar Gutiérrez Moliner y defendido por el Letrado Sr. Mateo Soria, contra Resolución de 26 de mayo de 1999 del Ayuntamiento de Villaciervos (Soria) por la que se desestima la petición de reconocimiento al recurrente del disfrute de un lote de tierra, en proporción a su media suerte, habiendo comparecido, como parte demandada El Ayuntamiento de Villaciervos (Soria) , representado por la Procuradora Doña Concepción Santamaría Alcalde y defendido por el Letrado Sr. Carnicero Modrego.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Soria que fue remitido a esta Sala el día 7 de febrero de 2000; declarandose la competencia para el conocimiento del recurso por resolución de fecha 10 de febrero de 2000.

Admitido a trámite se dio al mismo la publicidad legal y se reclamó el expediente administrativo; recibido se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 4 de abril de 2000, que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte Sentencia por la que se declare a) El derecho de mi mandante, a ser adjudicatario de lotes de tierras comunales del Ayuntamiento de Villaciervos durante el año mil novecientos noventa y nueve.- b) El derecho a percibir, los daños y perjuicios causados, a a establecer en ejecución de sentencia, por la falta de ingresos correspondientes al cultivo de las fincas no adjudicadas. Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por término legal al Ayuntamiento demandado, quien contestó a medio de escrito de 27 de abril de 2000, oponiéndose al recurso y solicitando su desestimación en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones, que obran unidos al recurso y señalándose el día 31 de mayo de 2001 para su votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones prevenidas en la Ley en la tramitación de este recurso jurisdiccional.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que es objeto del presente recurso, la impugnación de la resolución de 26 de mayo de 1999 del Ayuntamiento de Villaciervos (Soria) por la que se desestima la petición de reconocimiento al recurrente del disfrute de un lote de tierra, en proporción a su media suerte, para su disfrute como aprovechamiento comunal de la finca rústica denominada "Baldíos y Tomillares" a la que tiene derecho al ser vecino, con casa abierta y empadronado en el municipio de Villaciervos dependiente de Villaciervos; en donde reside durante todo el año.

SEGUNDO

Que la denegación del aprovechamiento a los lotes de tierra, fue justificada por Ayuntamiento demandado en base a que desde hace al menos nueve años se ha seguido el criterio según el cual los vecinos...

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