STSJ Andalucía , 18 de Enero de 2002
Ponente | JOSE ANGEL VAZQUEZ GARCIA |
ECLI | ES:TSJAND:2002:828 |
Número de Recurso | 644/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 18 de Enero de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Ilmos. Sres, D. Heriberto Asencio Cantisán.
D. José Ángel Vázquez García.
D. Rafael Pérez Nieto.
En Sevilla, a 18 de enero de 2002.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, formada por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto en nombre del ley el recurso número 644/98, seguido entre las siguientes partes:
DEMANDANTE: D. Lázaro , representado por el Procurador D. Manuel Martín Toribio y asistido de Letrado.
DEMANDADA: TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, representado y defendido por el Abogado del Estado; CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, representada y defendida por el Letrado de la Junta de Andalucía y ORGANISMO PROVINCIAL DE ASISTENCIA ECONÓMICA Y FISCAL (OPAEF) representado por la Procuradora Dª María Rocío López-Fe Moreno y defendido por Letrado.
PRIMERO En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala, dicte sentencia anulatoria de las resoluciones impugnadas, con los demás pronunciamientos de constancia.
SEGUNDO En su contestación la parte demandada solicita dicte sentencia desestimando el recurso interpuesto.- TERCERO: Requeridas las partes para que presentaran el escrito de conclusiones que determina el art. 78 de la Ley Jurisdiccional, evacuaron dicho trámite mediante los escritos que obran unidos a las actuaciones,- CUARTO: Señalado día para la votación y Fallo del presente recurso, ha tenido efecto en el designado, habiéndose observado las prescripciones legales.- Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. José Ángel Vázquez García.-
Se impugna en el presente proceso el acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía de fecha 27 de noviembre de 1997 por el que desestima la reclamación n°
41/3409/96 formulada contra el acuerdo desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio dictada por el OPAEF, dimanante de la certificación de descubierto acreditativa de la liquidación TO-407/92, por importe de 3.187,37 euros (530.334 ptas).
El fundamento de la desestimación de la reclamación económico- administrativa es la adquisición de firmeza de la providencia de apremio por cuanto habiendo sido notificada el 6 de septiembre de 1994, la interposición del recurso de reposición tuvo...
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