STSJ Comunidad de Madrid , 18 de Mayo de 2000

PonenteFERNANDO DE MATEO MENENDEZ
ECLIES:TSJM:2000:6292
Número de Recurso2541/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso núm. 2.541/96.

SENTENCIA NÚM. 510.

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Clara Martínez de Careaga y Garcia Doña Fátima Arana Azpitarte Don Fernando de Mateo Menéndez Don José Daniel Sanz Heredero En la Villa de Madrid, a dieciocho de mayo de dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 2.541/96, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Gema Pinto Campos, en nombre y representación de DOÑA Marí Trini , contra las resoluciones del Delegado del Gobierno en Madrid de 31 de julio de 1995, por la que se anula la Tarjeta de Familiar Residente Comunitario, y la de 11 de septiembre de 1995, por la que se acuerda su expulsión de España. Ha sido parte LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 13 de mayo de 1997 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando el acto impugnado en el presente recurso.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante el correspondiente escrito presentado el día 14 de julio de 1997, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.

TERCERO

Mediante Auto de 21 de julio de 1997 se acordó el recibimiento del recurso a prueba, llevándose a cabo las pruebas documentales propuestas por la parte actora, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y Fallo el día 10 de mayo del presente año, fecha en que tuvo lugar.

SIENDO PONENTE el Magistrado Ilmo. Sr. Don Fernando de Mateo Menéndez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demandante, de nacionalidad colombiana, impugna las resoluciones del Delegado del Gobierno en Madrid de 31 de julio de 1995, por la que se anula la Tarjeta de Familiar Residente Comunitario, y la de 11 de septiembre de 1995, por la que se acuerda su expulsión de España.

Para la mejor comprensión del asunto, es conveniente poner de relieve los siguientes hechos derivados de las actuaciones

  1. La demandante se encuentra casada con el español don Raúl desde el día 12 de enero de 1990, teniendo un hijo en común nacido en España.

    El día 8 de mayo de 1991 la aquí demandante solicitó Tarjeta de Residente Comunitario por ser esposa de un español, siéndole concedida por resolución de 9 de agosto de 1991 por cinco años. Para recoger...

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