STSJ Cataluña , 21 de Septiembre de 2000

PonenteMARIA PILAR MARTIN COSCOLLA
ECLIES:TSJCAT:2000:11617
Número de Recurso1014/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Recurso n°. 1.014/96 Partes: Inlav, S.L. (Industrias del Lavado) C/ Departament de Medi Ambient de la Generalitat de Catalunya SENTENCIA N°.762/2.000 Ilmos. Sres.

D. JOSÉ JUANOLA SOLER Dª Mª DEL PILAR MARTÍN COSCOLLA D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS En la ciudad de Barcelona, a veintiuno de septiembre de dos mil. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN TERCERA), constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°. 1.014/96, interpuesto por la Entidad Inlav, S. L. (Industrias del Lavado), representada y dirigida por el Letrado Sr. Ángel Fernández i Pujol, contra el Departament de Medi Ambient de la Generalitat de Catalunya, representado y asistido por el Sr. Lletrat de la Generalitat. Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª

DEL PILAR MARTÍN COSCOLLA, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte recurrente, mediante su representación procesal, interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución administrativa de fecha 28 de marzo de 1.996, que le impuso una sanción de 5.000.001.- ptas de multa por causar daños a obras hidráulicas.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Acordado por auto de fecha 21 de febrero de 1.997 el recibimiento del pleito a prueba y una vez practicada la propuesta, continuó el proceso por el trámite de conclusiones y finalmente se señaló a efectos de votación y Fallo la audiencia del día 16 de junio de 2.000. Por providencia de la misma fecha se sometió a las partes la cuestión de la correcta tipificación de los hechos, conforme al art°. 43 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa de 1.956 y una vez transcurrido el plazo se señaló de nuevo para votación y fallo el día 20 de septiembre de 2.000.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Entidad Industrias del Lavado S.L. impugna la resolución del Conseller de Medi Ambient de fecha 28 de marzo de 1.996 por la que se le impuso una multa de 5.000.001.- ptas como responsable de la comisión de una infracción administrativa de carácter grave tipificada en el artº. 108 f de la Ley de Aguas y 316.f) en relación con...

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