STSJ Cantabria , 13 de Marzo de 2000

PonenteMARIA TERESA MARIJUAN ARIAS
ECLIES:TSJCANT:2000:466
Número de Recurso339/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuan Arias Doña Maria Jesus Vegas Torres En la Ciudad de Santander, a 13 de marzo de 2000. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto los recurso acumulados números 339/99,interpuesto por DON Donato , el recurso 340/99 interpuesto por DON Carlos Jesús , el recurso 341/99, interpuesto por DON Felipe , el recurso 342/99, interpuesto por DON Luis Manuel , el recurso 343/99, interpuesto por DON Gonzalo , y el recurso 344/99, interpuesto por DON Jesús Luis ,representados por el Procurador Don Federico Arguiñarena y defendido por el Letrado Don José Angel Cecín Diego contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía de los recursos acumulados es de 359.637 pesetas; 368.789 pesetas;637.284 pesetas;293.529 pesetas;858.819 pesetas y 358.295 pesetas respectivamente . Es ponente la Iltma. Sra. Doña María Teresa Marijuan Arias, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Los recursos se interpusieron el día 8 de mayo de 1999 contra las resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de fecha 25 de febrerode 1999, por las que se desestiman las reclamaciones económico administrativas entabladas por los recurrentes frente a las liquidaciones en concepto de I.V.A. correspondientes al año 1995, y la sanción impuesta por infracción grave; las Resoluciones de idéntica fecha del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Cantabria por las que se desestiman las reclamaciónes económico- administrativas entabladas por los recurrentes frente a la liquidación provisional correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año 1995; y las Resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de idéntica fecha por las que se desestiman las reclamaciones económico-administrativas formuladas contra la sanción tributaria por infracción grave correspondiente a la falta de ingreso de las cuotas correspondientes al I.R.P.F. del año 1995.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.

TERCERO

En su contestación a la demanda, la Administración del Estado recurrida solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugna CUARTO: No recibido el proceso a prueba, se señaló fecha para la deliberación, votación y fallo, la que tuvo lugar el día 9 de marzo de 2000, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tiene por objeto el presente pleito las resoluciones del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Cantabria de fecha 25 de febrerode 1999, por las que se desestiman las reclamaciones económico administrativas entabladas por los recurrentes frente a las liquidaciones en concepto de I.V.A. correspondientes al año 1995, y la sanción impuesta por infracción grave; las Resoluciones de idéntica fecha del...

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