STSJ Cataluña , 27 de Septiembre de 2002

PonenteMARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA
ECLIES:TSJCAT:2002:10645
Número de Recurso1772/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso nº 1772/98 Partes: ASSOCIACIÓN CATALANA D'EMPRESES DE DISTRIBUCIÓ DE MATERIAL PUBLICITARI EN BUSTIES C/ AYUNTAMIENTO DE SANT PERE DE RIBES S E N T E N C I A Nº1245 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. FRANCISCO DIAZ FRAILE MAGISTRADOS D. JUAN BERTRAN CASTELLS Dª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de septiembre de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

1772/98, interpuesto por L'ASSOCIACIO CATALANA D'EMPRESES DE DISTRIBUCIÓ DE MATERIAL PUBLICITARI EN BUSTIES, representada y asistida por el letrado D. Fernando de Andres Gaston, contra EL AYUNTAMIENTO DE SANT PERE DE RIBES, representado y asistido por el letrado D. Esteve Radresa Miracle.

Ha sido Ponente el Ilma. Sra. Magistrada Dª. MERCEDES CASTILLO SOLSONA, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El letrado citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra ordenanzas dictadas por el Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes publicadas en BOP nros 278 y 310 de 20 de noviembre y 31 de diciembre ambos de 1997.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el 12 de septiembre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo en el plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de l'ASSOCIACIÓ CATALANA D'EMPRESES DE DISTRIBUCIÓ DE MATERIAL PUBLICITARI EN BÚSTIES, la Ordenanza municipal sobre publicidad directa en los buzones, aprobada el 20 de octubre de 1997, y la modificación de la Ordenanza fiscal núm. 2.a.1, reguladora de la tasa por la expedición de documentos administrativos, promulgadas ambas por el AYUNTAMIENTO DE SANT PERE DE RIBES y publicadas, respectivamente, en los Boletines Oficiales de la Provincia de Barcelona de 20 de noviembre y de 31 de diciembre de 1997, respecto de las cuales la actora solicita, en el suplico de su demanda, que se declare su nulidad de pleno derecho.

SEGUNDO

Dos son la cuestiones, íntimamente relacionadas entre sí, que se suscitan en el presente recurso contencioso-administrativo y que se derivan de la petición de la actora de que se declare la nulidad de las Ordenanzas Fiscales que se impugnan. La primera de ellas consiste en determinar si el Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes en el recurso contencioso-administrativo que se sustancia está o no facultado para exigir que las empresas dedicadas a la actividad de reparto de publicidad estén en posesión de una licencia municipal que les autorice a llevar a cabo la actividad de reparto de publicidad en los buzones...

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