STSJ Comunidad de Madrid , 26 de Diciembre de 2002

PonenteMIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS
ECLIES:TSJM:2002:18250
Número de Recurso2549/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA SENTENCIA 2490 RECURSO NÚM.: 2549-99 PROCURADOR DÑA. ANA MARIA RUEDA VALVERDE Ilmos. Sres.:

Presidente D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez Dña. María Antonia de la Peña Elías D. Santos Gandarillas Martos D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo En la Villa de Madrid a 26 de Diciembre de 2002 Visto por la Sala del margen el recurso núm. 2549-99 , interpuesto por CYTEC INDUSTRIES B.V., SUCURSAL EN ESPAÑA, representado por la procuradora Dña. ANA MARIA RUEDA VALVERDE contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 26.5.1999 reclamación núm.

28/14472/97 y 301/98 interpuesta por el concepto de IVA habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 26.11.2002 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Santos Gandarillas Martos ,quien expresa el parecer de la Sala

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 26 de mayo de 1999, por la que se desestimaban la reclamaciones económico administrativas n° 14472/97 y 301/98, interpuesta contra liquidación por recargo e intereses de demora por ingreso fuera de plazo sin requerimiento previo, y contra liquidación provisional relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ejercicio de 1994, por importe de 3.386.345 ptas.

El 20 de junio de 1997 le fue notificado al sujeto pasivo liquidación por haber presentado fuera de plazo con retraso superior a 12 meses la declaración correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido, ejercicio de 1994, girando sobre la cuota de 13.703.489 ptas el 20%, mas interés de demora. Contra la mencionada liquidación interpuso recurso de reposición y contra su desestimación reclamación económico administrativa tramitada con el n° 14472/97.

En la citada reclamación sostiene que el ingreso de 13.703.489 ptas, constituía un ingreso indebido por lo que no podía dar lugar a un recargo ni a interés de demora en los términos del art. 61.3 de la Ley General Tributaria.

Por otro lado, la...

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