STSJ Extremadura , 19 de Diciembre de 2002

PonenteMERCENARIO VILLALBA LAVA
ECLIES:TSJEXT:2002:2851
Número de Recurso670/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La Sección de Refuerzo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº

PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA DE LA CRUZ MERA.

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En Cáceres a diecinueve de diciembre dos mil dos. Visto el recurso contencioso administrativo nº 670 de 2000, promovido por el Procurador Don Joaquín Garrido Simón en nombre y representación de DOÑA María Purificación siendo parte demandada ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO representada por el Sr. Abogado del Estado, recurso que versa sobre :Contra Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 15 de mayo de 2.000 denegatoria de la Inscripción de Aprovechamiento de aguas en el Catálogo de Aguas Privadas dictada en expediente P-3302/95. Cuantía del recurso indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se hizo entrega del expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia estimatoria del recurso , con imposición de costas a la demandada e interesando el recibimiento a prueba del recurso y señalando como cuantía del recurso la de indeterminada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria de las pretensiones de la parte actora , con imposición de costas a la parte actora y señalando como cuantía la de indeterminada.- Fijándose como cuantía del presente recurso la de indeterminada.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicó con el resultado que obra en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período se pasó al trámite de conclusiones donde las partes evacuaron por su orden, interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a los solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma. Señalándose día para votación y fallo, y llevándose a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el...

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