STSJ Comunidad Valenciana , 30 de Junio de 2001

PonenteJOSE DE BELLMONT Y MORA
ECLIES:TSJCV:2001:6240
Número de Recurso4240/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V. Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto n° " 4240-97 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, a 30 de junio de dos mil uno. VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos Srs. D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente, D. EDILBERTO JOSE NARBON LAINEZ Y D. ANTONIO MARQUEZ BOLUFER, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 997/2001 En el recurso contencioso administrativo num. 4.240/97, interpuesto por D. Luis Pedro , representado y dirigido por el Letrado Dª. ANA CRISTINA TORREGROSA MOLINES, contra resoluciones del Director Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Alicante de 16/1/1995 y del Director General de Ordenación de la Seguridad Social de 8/10/1.997.

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada la ADMINISTRACION DEL ESTADO representada y defendida por la ABOGACIA DEL ESTADO y Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE BELLMONT MORA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y Fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 20 de junio de dos mil uno. QUINTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto determinar la conformidad o no con el ordenamiento jurídico de sendas resoluciones del DIRECTOR GENERAL DE ORDENACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL de 8 de octubre de 1997, que desestimó el recurso de alzada deducido contra resolución del DIRECTOR PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL de Alicante de fecha 16 de enero de 1995, por la que confirmando las Actas de Infracción números 4.245 y 4246/94, se impuso a la...

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