STSJ Castilla-La Mancha , 23 de Octubre de 2003

PonenteJUAN MARTINEZ MOYA
ECLIES:TSJCLM:2003:3491
Número de Recurso533/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL ALBACETE SENTENCIA: 01953/2003 D. JOSE-IGNACIO FERNANDEZ-LUNA JIMENEZ, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete).

CERTIFICO: Que en el Recurso que a continuación se hace referencia se ha dictado la siguiente Resolución:

Recurso nº 533/02.- Ponente: Sr. Juan Martínez Moya.- Fallo: 16-10-03 Iltmo. Sr. D. José Montiel González Presidente Iltmo. Sr. D. Juan Martínez Moya Iltma. Sr. Dª Petra García Márquez

En Albacete, a veintitrés de octubre de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1953

En el Recurso de Suplicación número 533/02, interpuesto por Ángel , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Dos de Albacete, de fecha 13-2-02, en los autos número 517/01, sobre PRESTACIONES, siendo recurrido el INEM.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Martínez Moya.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "

FALLO

Que desestimando la demanda de Don Ángel debo absolver y absuelvo al Instituto Nacional de Empleo de cuantas peticiones se deducían contra el mismo, confirmando íntegramente la resolución recurrida."

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

"3 PRIMERO .- Por resolución del Director Provincial del INEM de fecha 19 de julio de 2001, con fecha de salida de 24 de julio del mismo año, le fue denegada al demandante la solicitud de alta inicial en la prestación por desempleo solicitada el 29 de junio de 2001. La mencionada resolución venía motivada en que el actor no se encontraba en ninguno de los supuestos establecidos en la Ley para percibir la prestación solicitada. La resolución consta y se da por reproducida. SEGUNDO.- Disconforme con dicha resolución el actor formuló reclamación previa que fue desestimada por resolución de 18 de septiembre de 2001, que consta y se da por reproducida. TERCERO.- D. Ángel ha permanecido ingresado en prisión en los periodos que constan en el certificado emitido por el Subdirector de Régimen del Centro Penitenciario de Albacete, que consta y se da por reproducido, siendo los dos últimos de 24.12.99 a 19.01.00 y de 08.02.01 al 17.03.01."

TERCERO

Que, en tiempo y forma, por la parte, se formuló Recurso de Suplicación contra la anterior Sentencia, en base a los motivos que en el mismo constan.

Dicho Recurso ha sido impugnado de contrario.

Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se dispuso el pase al Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1. La sentencia de instancia ha desestimado la demanda presentada por d. Ángel frente al Instituto Nacional de Empleo, en reclamación de prestación por desempleo.

El demandante solicitaba el reconocimiento de la prestación y/o subsidio por desempleo alegando su situación de liberado de prisión. La sentencia rechaza dicha pretensión al señalar que el actor no se hallaba incluido en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social que protege la contingencia de desempleo, ni tampoco en ninguno de los supuestos previstos en los artículos 205 y 208 de la Ley General de la Seguridad Social para percibir prestación por desempleo (nivel contributivo). Asimismo, descarta que reúna los requisitos exigidos en el art. 215 de aquel texto legal para el acceso al subsidio al declarar probado que la permanencia del actor en prisión no llegó a seis meses. En este sentido, declara probado que el actor permaneció en el Centro Penitenciario de Albacete diversos periodos, siendo los dos últimos periodos de ingreso los comprendidos entre el 24-12-1999 a 19-1-2000 y de 8-2-2001 a 17-3-2001.

  1. Frente a la sentencia de instancia recurre en suplicación el actor. Quien recurre, sin cita del cauce procesal que utiliza, se limita a...

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