STSJ Andalucía 2549/2005, 13 de Octubre de 2005

PonenteJUAN CARLOS TERRON MONTEROVALTU
ECLIES:TSJAND:2005:8747
Número de Recurso872/2005/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2549/2005
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Social

2549/2005

5

SECCIÓN 1ª

M.D.

SENTENCIA NÚM. 2549/2005

Autos 1037/04

Almería 3

ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTIN

PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO

ILTMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a trece de octubre de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 872/05, interpuesto por Dª Esperanza contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. TRES de ALMERÍA en fecha 22 de diciembre de 2.004 ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª Esperanza en reclamación sobre DESPIDO contra VICASOL, S.C.A. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en 22 de diciembre de 2.004, por la que desestimando la excepción de caducidad de la acción alegada por la empresa Vicasol S.C.A. debo desestimar y desestimo igualmente la demanda formulada por Dª Esperanza, absolviendo de la misma a la empresa Vicasol S.C.A., por carecer de acción la parte actora.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - La actora, Dª Esperanza, mayor de edad, con D.N.I. núm. NUM000, ha venido prestando sus servicios para la empresa Vicasol S.C.A., dedicada a la actividad de manipulado y envasado de frutas y hortalizas, en el centro de trabajo sito en la C/ Vicasol nº 37 de Vicar (Almería) desde el 13-2-01, en virtud de diferentes contratos temporales durante un total de 602 días, con la categoría profesional de Envasadora y percibiendo un salario de 30€ diarios, incluida la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias.

  2. - La relación laboral entre las partes se inició el 13-2-01 en virtud de un contrato eventual por circunstancias de la producción que tenía por objeto "Atender la producción del tomate" y cuya duración inicial era de un mes y luego se prorrogó otros dos meses esto es, hasta el 12-5-01.

    Posteriormente el 16-5-01 las partes firmaron un nuevo contrato temporal esta vez en la modalidad de obra o servicio determinado que tenía por objeto "Atender producción de melón, berenjena, pepino " y cuya duración se extendía desde el 16-5- 01 hasta fin de campaña, concluyendo el mismo el 15-6-01.

    El 11-10-01 las partes firmaron un nuevo contrato eventual por circunstancias de la producción de 3 meses de duración que tenía por objeto "Atender producción campaña de tomate" y cuya vigencia se prorrogó hasta el 10-4-02.

    Al día siguiente la actora y la empresa demandada concertaron un nuevo contrato, esta vez en la modalidad de obra o servicio determinado que tenía por objeto "Atender producción de tomate" y cuya duración se extendía desde el 11-4-02 hasta fin de campaña, concluyendo el mismo el 18-6-02.

    A continuación el 23-10-02 las partes formalizaron un nuevo contrato eventual por circunstancias de la producción de 3 meses de duración que tenía por objeto "Atender producción del tomate" y que finalizó el 22-1-03.

    Posteriormente el 14-10-03 las partes firmaron un nuevo contrato temporal, esta vez, en la modalidad de eventual por circunstancias de la producción de un mes de duración y luego prorrogado otro mes que tenía por objeto "Atender producción del tomate" y que concluyó el 13-12-03.

    Por último la demandante formalizó con la empresa demandada el 14-12-03 un contrato de obra o servicio determinado que tenía por objeto "Atender la producción del tomate" y cuya duración se extendía desde el 14-12-04 hasta fin de campaña.

  3. - La empresa demandada comunicó verbalmente a la actora la extinción de la relación laboral por fin de contrato el día 29-3-04 y le dio de baja en Seguridad Social en esa fecha.

  4. - La campaña de manipulado y envasado de productos hortofrutícolas suele comenzar en la provincia de Almería en los meses de septiembre a octubre y finaliza en el mes de junio del siguiente año.

  5. - Al comienzo de la presente campaña la empresa demandada no ha llamado a la actora para trabajar y personada la misma en el centro de trabajo el 13-10-04 se le ha indicado que no había trabajo para ella.

  6. - La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR