STSJ Galicia 3298/2008, 24 de Septiembre de 2008

PonenteMANUEL DOMINGUEZ LOPEZ
ECLIES:TSJGAL:2008:4117
Número de Recurso3293/2008
Número de Resolución3298/2008
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0003293 /2008 interpuesto por CEGELEC SA contra la sentencia del JDO. DE LO

SOCIAL nº 003 de LUGO siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. MANUEL DOMINGUEZ LOPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Luis Antonio en reclamación de DESPIDO DISCIPLINARIO siendo demandado CEGELEC SA. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000119 /2008 sentencia con fecha diecisiete de Abril de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El actor, D Luis Antonio , con D.N.I. nº NUM000 , cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, venia prestando servicios para la empresa CEGELEC S.A., dedicada a la actividad de metal- montajes eléctricos y mantenimiento- con las siguientes circunstancies laborales: antigüedad 12-5-1980, categoría profesional delegado para Galicia y salario mensual de 3.628,47 euros incluida prorrata de pagas extraordinarias. El actor no ostenta ni ostentó en el año anterior la representación de los trabajadores./

SEGUNDO

La empresa procedió al despido del trabajador medianteescrito de fecha 17-01-08, notificado al actor el 22-01-08, con el siguiente tenor literal: Muy Sr. Nuestro: La Dirección de la Empresa ha tenido conocimiento de la comisión por usted de una serie de incumplimientos contractuales muy graves de sus deberes laborales, conducta ésta que se traduce en una incuestionable trasgresión de la buena fe contractual por su parte, así como en un abuso de confianza en las gestiones que tenía encomendadas. Los hechos cometidos por usted son los siguientes: 1. - Abandono de su puesto de trabajo/ Se trata de abandonos de su puesto de trabajo que tuvieron lugar los días 27, 28 y 30 de noviembre de 2007 y los días 3, 4, 5, 17 y 18 de diciembre de 2.007. Concretamente:/ El día 27 de noviembre de 2007, abandonó usted las oficinas de la Empresa Cegelec en las que presta servicios, constándole fehacientemente a esta Empresa que ese día usted se encontraba en su vivienda, puesto que salía de ella a las 16.05 horas, entrando en el gimnasio municipal a las 17.02 horas hasta las 18.040 horas, no regresando en esa tarde a su puesto de trabajo./ El día 28 de noviembre de 2007, sale de las oficinas a las 9.35 horas, conduciendo un Volswagen Touareg, matrícula ....-KZX , en sentido a Oviedo. A las 11.42 horas entra en un comercio para hacer unas compras y a las 12.16 horas entra en una cafetería del Polígono ASIPO, entrando a las oficinas de Cegelec en dicho polígono a las 12.55 horas. Posteriormente, a las 13.51 horas sale de la Empresa, y se marcha a comer junto con otras personas. A las 15.37 horas salen del mencionado restaurante, vuelve a la anterior cafetería donde para momentáneamente y a las 15:40 horas retorna de nuevo a su domicilio. Tras aparcar su vehículo a las 17:25 horas, entra en el comercio que regente su mujer, luego hace la primitiva, charla con un señor de edad avanzada, y entra en su casa, siendo las 17:49 horas y no habiendo vuelto en toda la tarde a su puesto de trabajo./ El día 30 de noviembre de 2007, utilizó usted el vehículo de la empresa Citroen C3 (matrícula 0744 DRL) que tenía aparcado junto a su domicilio, posteriormente abandonó usted las oficinas de la Empresa Cegelec en las que presta servicios a las 14.00 horas, no regresando en ese día a su puesto de trabajo./ El día 3 de diciembre de 2007, utilizó usted el mismo vehículo Citroen 03 y abandonó usted las oficinas de la Empresa Cegelec en las que presta servicios a las 13.46 horas, constándole fehacientemente a este Empresa que ese día usted estuvo en el restaurante del Hotel Bouza hasta las 16.40 horas, dirigiéndose finalmente a su domicilio, no regresando en esa tarde a su puesto de trabajo./ El día 4 de diciembre de 2007, utilizó usted el mismo vehículo Citroen C3 y abandonó usted las oficinas de la Empresa Cegelec en las que presta servicios a las 12.57 horas, constándole fehacientemente a esta Empresa, que ese día usted mantuvo una comida con otras personas en el Restaurante Derramar, hasta las 15.26 horas y, posteriormente llegó a su domicilio a las 16.33 horas, volviendo usted a salir del mismo a las 17.00 horas para dirigirse a rellenar el depósito del coche y entrar después en el bar del Hotel Bouza. Entra mas tarde en la peluquería Pepe y tras parar de nuevo en otra cafetería, se dirige al comercio que regenta su esposa a las 19.35 horas, no regresando en ese día a su puesto de trabajo./ El día 5 de diciembre de 2007, utilizó usted su vehículo privado Volswagen Touareg y abandonó usted las oficinas del a Empresa Cegelec en las que presta servicios a las 11.30 horas, constándole fehacientemente a esta Empresa que ese día usted llegó a su domicilio sobre las 15.10 horas acompañado de una mujer de unos 75 años, saliendo del mismo sobre las 15.54 horas acompañado de dicha mujer y de un joven de unos 15 años y tomando la carretera hacia Avilés. A las 17.17 horas, procede usted a aparcar su vehículo en el aparcamiento del Centro Comercial Hipercor de Avilés sito en la citada carretera, entando seguidamente junto con los dos acompañantes en las instalaciones del citado centro. Posteriormente, se dirige al Aeropuerto de Avilés, siendo las 18.35 horas y ya no regresa en esa tarde a su puesto de trabajo./ El Día 17 de diciembre de 2007, usted sale de las oficinas a la 10.58 horas, y conduce en dirección a Vivero. A las 11.20 horas entra, junto con otro hombre, en el Taller Miñor Servirueda. Posteriorm3ente, entran en la tienda Regalos Seigido y después en la Cervecería Fragata, Salen, pasean y entran hacia las 12.00 horas en la Cafetería Calle de Cayuela. Alas 12.37 horas vuelven al taller Servirueda, entrando en las oficinas de Cegelec a las 12.50 horas./ El día 18 de diciembre de 2007, sale de la oficina de Cegelexc a las 10.20 horas acompañado de una señora que trabajo también en las oficinas de la Empresa. Van sentido Ribadeo, luego Lugo y llegan a Mondoñedo. A las 11.03 horas entran en una casa sita en la esquina de la C/ Poeta Díaz Jacome con otra calle sin nombre. A las 12.56 horas salen de la casa y se dirigen al vehículo. Se le ve a las 13.30 horas en la Avenida Arcadio Pardiñas y ya no regresa a su puesto de trabajo en toda la tarde, donde se le vuelve a localizar a las 18.00 horas en el gimnasio de Ribadeo, localidad donde reside./ 2.- Faltas de puntualidad./ Se concreta en los siguientes días: -El día 28 de noviembre de 2007, usted comienza su jornada a las 8.59 horas, esto es, una hora y 14 minutos mas tarde de su hora de entrada. / -El día 29 de noviembre de 2007, usted comienza su jornada después de las 8.50 horas, ya que a esa hora sale usted con su vehículo particular Volkswagen Touareg del garaje de la vivienda familiar. Es decir, una hora y 5 minutos mas tarde de su hora de entrada en la Empresa./ El día 3 de diciembre de 2007, usted comienza su jornada a las 8.29 horas, es decir, 44 minutos mas tarde de su hora de entrada.- El día 4 de diciembre de 2007, usted comienza su jornada a las 8.47 horas, esto es, 1 hora y 2 minutos mas tarde de su hora de entrada./ - El día 5 de diciembre de 2007, usted comienza su jordana de las 8.35 horas, lo que supone un retraso de 50 minutos respectos de su hora de entrada en la Empresa./ 3.- No desempeño correcto de las funciones encomendadas / Se concreta en las siguientes acciones u omisiones: No solicitar el arreglo del ordenador que registra los fichajes del personal. Usted no comunicó a la Dirección de la Compaña el mal funcionamiento del ordenador que registra los fichajes delpersonal del centro de trabajo del que usted es responsable, con el consiguiente perjuicio económico y organizativo para la Empresa, ya que no es posible conocer si los empleados que se encuentran bajo su mando realizan correctamente el horario previsto para el centro de trabajo, que, como usted comunicó a la Dirección de la Compañía tras ser requerido para ello, es de 7.45 horas de la mañana a 17.17 horas de la tarde, con una pausa de 56 minutos para la comida./ -No control de la presencia y cumplimiento del horario del personal a su cargo. Debido al nulo interés mostrado por usted en el arreglo del mencionado ordenador controlador. De los fichajes y, dadas sus continuas faltas de puntualidad y abandonos de su puesto de trabajo, le ha resultado del todo imposible controlar la presencia física del personal a su cargo, así como supervisar, el cumplimiento del horario y del trabajo bien realizado por parte del mismo. Si no funciona el ordenador usted no hace nada por arreglarlo, llega tarde y abandona permanentemente su puesto de trabajo, es imposible que usted realice correctamente sus funciones de dirección y supervisión./ No uso ni solicitud, en su caso, de las pegatinas del vehículo de empresa. Pese a que se le remitieron nuevas pegatinas con el logotipo dé la Compañía en junio del 2007 por la Dirección de la Compañía para que las utilizase en los vehículos de la empresa, incluido el mencionado C3, no hace uso de dichas pegatinas, ni llegado el caso, solícita que se renueven en caso necesario, omitiendo con ello la identificación del vehículo y la publicidad de la Compañía, con el perjuicio que ello conlleva./ Conforme a todo lo expuesto, debemos señalar que los hechos descritos son constitutivos de faltas laborales, incardinables en el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores , en sus apartados a) y d) , así como n los artículos 17.a) y 18 .c) y e) del Acuerdo estatal del Sector del Metal de fecha 3 de abril de 2006, suponiendo lo mismos una clara trasgresión de la buena fe contractual, así como un abuso de confianza en el...

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