STSJ Asturias 2274/2007, 18 de Mayo de 2007

PonenteCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2007:2546
Número de Recurso2694/2006
Número de Resolución2274/2007
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 02274/2007 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 001 (C/ SAN JUAN Nº 10)

N.I.G: 33044 34 4 2006 0102792, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002694 /2006

Materia: ORFANDAD

Recurrente/s: Cristobal

Recurrido/s: I.N.S.S

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 6 de OVIEDO de DEMANDA 0000134 /2006

SENTENCIA Nº: 2274/07

ILTMOS. SRES.

D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZALEZ

Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ

Dª MARIA VIDAU ARGÜELLES

En OVIEDO a dieciocho de Mayo de dos mil siete, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los

Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguienteSENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0002694 /2006, formalizado por el Graduado Social D. José Luis García Bigoles, en nombre y representación de Cristobal , contra la sentencia de fecha uno de junio de dos mil seis, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 6 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000134 /2006, seguidos a instancia de Cristobal frente al I.N.S.S, parte demandada representada por el LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación de ORFANDAD, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha uno de junio de dos mil seis por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes: 1º Por Resolución de 19-09-05, la Consejería de Vivienda y Bienestar Social del Principado de Asturias declaró al demandante D. Cristobal afectado de un grado de minusvalía del 65% (62 % de discapacidad y 3% por factores sociales complementarios), por padecer una "esquizofrenia paranoide".

2º D. Pedro Miguel , padre del demandante, falleció el 02-11-87. 3º El demandante presenta el siguiente cuadro clínico residual: "Esquizofrenia paranoide". 4º El demandante prestó servicios como Celador Eventual para el INSALUD en diversos períodos desde el año 1996 hasta el año 2001.

5º La base Reguladora de la prestación se fija en 413,85 euros mensuales. 6º En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación de la parte demandante, no siendo...

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