STSJ Asturias 1822/2007, 27 de Abril de 2007

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2007:2047
Número de Recurso1632/2006
Número de Resolución1822/2007
Fecha de Resolución27 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0001632 /2006, formalizado por el Letrado GEMA FANJUL FANJUL, en nombre y representación de HERMANOS SAMPEDRO CONSTRUCCIONES, S.L., contra la sentencia de fecha veintisiete de febrero de dos mil seis, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000835 /2005, seguidos a instancia de HERMANOS SAMPEDRO CONSTRUCCIONES, S.L. frente a INSS, GESTIÓN Y MANIPULACIÓN DEL AMIANTO, S.L. , Rogelio , TGSS, parte demandada, en reclamación de RECARGO DE ACCIDENTE, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintisiete de febrero de dos mil seis por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - En fecha 21 de junio de 2.004 por la Consejería de educación y ciencia del Principado de Asturias se realizó una propuesta de contratación por emergencia para la reposición de la cubierta de Uralita y demolición de aleros de hormigón en el Colegio Público Vital Aza (IES Benedicto Nieto) de Pola de Lena, encargando los trabajos a una empresa que disponga de la cualificación y los medios adecuados para su realización de inmediato, que resultó ser Hermanos Sanpedro S.L. con domicilio en la calle Cervantes nº 14, 4º de Gijón. Tal empresa figura dada de alta en el epígrafe fiscal 5011, construcción de edificios, desde el 13 de diciembre de 1.991, siendo su código cuenta cotización 33003887492 y número de identificación B33607649 .

  2. - El día 19 de julio de 2.004 Gestión y manipulación del amianto S.L., con código cuenta de cotización 33106897117 y número de identificación B33886888 , dedicada a la actividad de construcción, y la empresa Hermanos Sanpedro Construcciones S.L. firman un contrato en virtud del cual Gestión y manipulación del amianto se obliga a realizar el desmontaje de la cubierta de la obra anteriormente conforme a un plan de trabajo por ésta última confeccionado. La mencionada empresa, que se encuentra inscrita en el Registro de amianto (RERA), elaboró un plan de seguridad y salud para el desmantelamiento de cubierta y de fibrocemento en el colegio público Vital Aza en el que se señalaba que la "obra consistía en el desmantelamiento de una cubierta inclinada de fibrocemento formada por placas onduladas tipo Uralita, alrededor de unos 1000 m2. Las placas van ancladas mediante ganchos a perfilaría metálica que conforma la estructura de dicha cubierta. La estructura soporte de la cubierta se asienta sobre un forjado horizontal, la altura máxima del forjado a la cumbrera de la cubierta está en torno a un metro y va disminuyendo hacia los aleros". En dicho plan se identifican los riesgos del desmantelamiento de la cubierta y entre ellos se encuentra el de caída de personas a distinto nivel, caída desde el borde del forjado de la cubierta.

  3. - La empresa Gestión y manipulación del amianto, que proporcionaba a sus trabajadores los correspondientes equipos de protección individual, destinó a la realización de tal obra, entre otros, a Rogelio

    , con la categoría profesional de oficial de primera albañil, y a Carlos Alberto . Cuando tales personas proceden a realizar su labor de desmontar la cubierta no pueden estar a su alrededor otros trabajadores, salvo que se traten de compañeros de la misma empresa que lleven la ropa oportuna y las órdenes a las que está sujetos son las del personal de Gestión y manipulación del amianto. El día 13 de septiembre de

    2.004 cuando el codemandado se disponía en compañía de Carlos Alberto a retirar una placa de uralita entre los dos, cogiéndola cada uno por un lado para depositarla sobre las uñas de la manipuladora que se encontraba instalada en la parte delantera del colegio, para posteriormente ser trasladada a la zona prevista para el almacenamiento del material contaminado con amianto, siendo preciso pisar el forjado que existía bajo las chapas de uralita para poder acceder a la manipuladora, en un momento determinado el forjado cedió y Rogelio se precipitó a través del mismo cayendo al romper el falso techo, en el salón de actos del colegio, existiendo una altura aproximada de cuatro metros, sufriendo diversas contusiones y fractura por lo que fue trasladado al Hospital de Cabueñes en Gijón. El forjado existente bajo la uralita resultó ser de virutes en lugar de hormigón y encima se había colocado una capa de compresión sin que nadie hubiese advertido al trabajador de tal circunstancia. El demandado lleva puesto el arnés anticaidas pero el mosquetón de la sirga de conexión se encontraba deteriorado por encontrarse el muelle estropeado, de forma que una ver abierto para engancharlo, no volvía a su posición, de ahí que, en el momento de la caída, el arnés se soltara de la línea de vida.

  4. - El día 14 de octubre de 2.004 la Inspección de trabajo levantó acta de infracción 946/04calificando los hechos como dos infracciones graves tipificadas en el artículo 12, 16 b) y f) de la ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, estableciendo una responsabilidad solidaria de ambas empresas e imponiéndose una sanción de 3.005,08 euros, habiéndose desestimado el recurso de reposición contra ella interpuesta por resolución de la consejería de justicia, seguridad pública y relaciones exteriores de 20 de mayo de 2.005, desconociéndose si contra la misma se interpuso recurso ante la Sala de...

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