STSJ Murcia 275/2008, 28 de Abril de 2008

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2008:566
Número de Recurso167/2008
Número de Resolución275/2008
Fecha de Resolución28 de Abril de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Carlos Manuel, contra la sentencia número 0426/2007 del Juzgado de lo Social número 3 de Murcia, de fecha 5 de octubre, dictada en proceso número 0124/2007, sobre Seguridad Social, y entablado por don Carlos Manuel frente a Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia (hoy Instituto Murciano de Acción Social).

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El actor, don Carlos Manuel, con DNI NUM000, solicitó en fecha 31-5-05 reconocimiento de grado de minusvalía del ISSORM, y mediante resolución de 27-2-06 se le reconoció un grado de minusvalía de un 10%, a la vista del Dictamen Técnico Facultativo emitido por el EVO en Junta de 24-2-06 en el que se reconocía un 10% de grado de discapacidad global y 4 puntos de factores sociales complementarios, dando un total del 10%, reconociendo las siguientes dolencias con la valoración que a continuación se indica:* Enfermedad aparato respiratorio: Origen idiomático................. 10%.

SEGUNDO

Por el actor se formuló reclamación previa administrativa en fecha 12-5-06 que fue estimada en parte por resolución de 24-11-06, en virtud de Dictamen Técnico Facultativo emitido por el EVO en Junta de 21-11-06 tras dar trámite de audiencia al actor, y se reconocía al actor afecto de las dolencias que a continuación se indican, con la valoración correspondiente:

* Enfermedad aparato respiratorio: Origen idiomático................. 10%.

Se valoraba el grado de discapacidad global en un 20%, y se reconocían 4 puntos de factores sociales complementarios, apreciando un total de minusvalía de 20%.

TERCERO

El actor, actualmente presenta SAOS, que le fue diagnosticado en el año 2001, que precisó un ingreso hospitalario en el año 2004 y se le prescribió tratamiento con CPAP, siendo calificado el grado de afectación el 7-11-05 como moderado, y siendo el diagnóstico de Apnea Hipopnea obstructiva del sueño (SAHS). En informe de 7-4-06 emitido por el Servicio de Neurofisiología del Hospital Reina Sofía se hace constar tras la realización de Polisomnografía completa vigilada nocturna que el actor presentaba un registro anormal sugestivo de SAHS de grado severo, con excesiva somnolencia diurna de grado severo, y con 4 o 5 episodios de parálisis durante el sueño en 10 años, el último en el año 2005. El actor no ha tenido proceso de IT por esta dolencia. CUARTO.- Ha quedado agotada la vía administrativa previa"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por don Carlos Manuel, contra la Consejería de Trabajo y Política Social de la Región de Murcia (ISSORM), actualmente denominado Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), debo declarar y declaro no haber lugar a la misma, y en consecuencia, se confirman las resoluciones administrativas dictadas, absolviendo de dicha demanda a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Miguel-Fermín Castañeda Casanova, en representación de la parte demandante, con impugnación del Letrado de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en representación de la parte demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha 5 de Octubre del 2007, dictada por el Juzgado de lo social nº 3 de Murcia en los autos 124/07, desestimó la demanda deducida por d. Carlos Manuel contra el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), reclamando su derecho a percibir prestación no contributiva por minusvalía superior al 65%.

Disconforme con la sentencia, el actor interpone recurso de suplicación, al amparo de los apartados b y c del artículo 191 de la LPL , reclamando la revocación de la sentencia, para que se dicte otra estimatoria de la demanda, por la vulneración de los artículos 4 y 5 del RD 1971/1999, así como su anexo 1ª, capitulo 3, Tabla I , clase 4.

El IMAS se opone al recurso, habiéndolo impugnado.

FUNDAMENTO SEGUNDO.- Al amparo del apartado b del artículo 191 de la LPL, el actor muestra su disconformidad con el apartado tercero de los hechos declarados probados, en el que se deja constancia de que aquel padece Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño (SAOS), diagnosticado en informe de 7-11-05 como de grado moderado y, en...

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