STSJ Galicia 712/2013, 31 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
EmisorTribunal Superior de Justicia de Galicia, sala social
Fecha31 Enero 2013
Número de resolución712/2013

RECURSO DE SUPLICACIÓN Nº 1978/10-PM

Ilmo. Sr. D. ANTONIO OUTERIÑO FUENTE

PRESIDENTE DE LA SALA

ILMO/AS. SR/AS.

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a treinta y uno de Enero de dos mil trece.

Habiendo visto las presentes actuaciones la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia 001, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el RECURSO SUPLICACION 1978/2010, formalizado por Adela, Leandro, en nombre y representación de TELEVISION DE GALICIA,S.A., COMPAÑIA DE RADIOTELEVISION DE GALICIA, Maximiliano, contra la sentencia de fecha 20/12/2009, dictada por XDO. DO SOCIAL N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en sus autos número DEMANDA 942/2007, seguidos a instancia de Maximiliano frente a TELEVISION DE GALICIA,S.A., COMPAÑIA DE RADIOTELEVISION DE GALICIA, en reclamación por OTROS DCHOS. LABORALES, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

- Primero: D. Maximiliano, con título: de TÉCNICO ESPECIALISTA (Formación Profesional de Segundo Grado en Rama de Imagen y Sonido, viene prestando servicios para la TELEVISIÓN DE GALICIA, S.A., en adelante TVG, desde el 28 de junio de 1991, con la categoría de OPERADOR MONTADOR DE VIDEO, percibiendo un salario mensual, según nóminas aportadas, de 1.993'75 euros con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Segundo: Tal relación laboral aparece fundada en los siguientes contratos de trabajo: -Contrato de trabajo de duración determinada, eventual por circunstancias de producción, siendo su objeto: "A realizar por parte do contratado das funcións propias de categoría de operador montador de Video, motivadas pola Acumulación de Tarefas a causa do cambio da nova programación" con duración iníciala de 28 de junio de 1991 hasta el 27 de julio de 1991, si bien prorrogado hasta el 27 de septiembre de 1991. -Contrato de trabajo de duración determinada, eventual por circunstancias de producción, siendo su objeto: "A realización por parte do contratado das fundións propias a categoría de operador montador de Vídeo, motivadas pola Acumulación de Tarefas a causa da nova programación", con duración de 28 de Septiembre de 1991 a 27 de octubre de 1991. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, siendo su objeto: "Sustitución por permiso matrimonial de Simón é vacacións de Victorio, Jose Augusto

, Carlos Francisco, Fidela y Juan Enrique ", con duración de 8 de mayo de 1992 a 30 de septiembre de 1992.-Contrato de trabajo de duración determinada, por obra o servicio determinado, siendo su objeto: "A realización por parte do contratado de funcións propias de Operador Mont. de Video, para o Programa "LUAR", con duración de 1 de octubre de 1992 a 28 de "febrero de 1993. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, siendo su objeto: "Sustitución por vacacións de Montserrat, Carlos, Desiderio y Elias, con duración de 28 de junio de 1993 a 21 de octubre de 1993.- Contrato de trabajó dé duración determinada, de interinidad, por vacaciones de Felipe, del 22 de octubre de 1993 al 9 de noviembre de 1993. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, en sustitución de Felipe por compensanción de festivos, con duración de 24 de diciembre de 1993 a 5 de enero de 1994Contrato de trabajo de duración determinada, por obra o servicio determinado, siendo su objeto: "A realización por parte do contratado de funcións propias de Operador Mont. de Video, para o programa "LUAR", con duración de 1 de octubre de 1992 a 28 de febrero de 1993. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, siendo su objeto: "Sustitución por vacacións de Montserrat, Carlos, Desiderio y Elias, con duración de 28 de junio de 1993 a 21 de octubre de 1993. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, por vacaciones de Felipe, del 22 de octubre de 1993 al 9 de noviembre de 1993.- Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, en sustitución de Felipe por compensación de festivos, con duración de 24 de diciembre de 1993 a 5 de enero de 1994.- Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, para sustituir por vacaciones de Felipe y Mauricio, del 14 de octubre de 1994 al 3 de noviembre de 1994. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, para sustituir por vacaciones y festivos a Simón, del 1 de diciembre de 1994 a 31 de diciembre de 1994.- Contrato de trabajo de duración determinada, eventual por circunstancias de la producción, siendo su objeto: "A realización por parte do contratado das función propias a categoria de OP. MONT. VIDEO motivadas por Acumulación de Tarefas a causa do cambio da nova programación", con duración de 16 de enero de 1995 a de abril de 1995, prorrogado por seis meses. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, para sustitución por vacaciones de Severiano, con duración de 17 de julio de 1995 a 21 de agosto de 1995. - Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, para sustitución por vacaciones de Jose Francisco y Luis Andrés, con duración de 22 de agosto de 1995 a 17 de septiembre 1995. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, para sustitución por vacaciones de Jacobo y Julieta, con duración de 18 de septiembre de 1995 a 16 de octubre de 1995. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, para sustituir a Felipe por permiso de paternidad (del 29 de abril de 1996 a 3 de mayo de 1996; de Desiderio por compensación de festivos (del 6 de mayo de 1996 al 12 de mayo de 1996) y de Genaro por vacaciones (de de mayo de 1996 al 25 de mayo de 1996), con duración de 29 de abril de 1996 al 26 de mayo de 1996. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, para sustituir por vacaciones a Mauricio (del 27 de mayo de 1996 al 23 de junio de 1996), de Romulo (del 24 de junio de 1996 al 26 de julio de 1996), de Severino (del 29 de julio de 1996 al 1 de septiembre de 1996) de Luis Angel (del 4 de septiembre de 1996 al 27 de septiembre de 1996) y de Julia (del 30 de septiembre de 1996 al 30 de octubre de 1996), con duración de 27 de mayo de 1996 al 30 de octubre de 1996.- Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, para sustituir por vacaciones a Juan Pedro, Gabriel y Victorio, del 31 de octubre de 1996 al 7 de enero de 1996, con duración del 31 de octubre de 1996 al 7 de enero de 1997. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, para sustituir por ILT a Severiano, con duración de 15 de enero de 1997 a 1 de febrero de 1997. - Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, para sustituir por ILT a Emilio, con duración desde el 17 de febrero de 1997 hasta el 18 de febrero de 1997. - Contrato de trabajo de duración determinada, para la realización de obra o servicio determinado consistente en 5 programas del espacio SENDA VERDE, suscrito el 24 de febrero de 1997 y con duración desde dicha fecha al 31 de marzo de 1997. -Contrato de trabajo por lanzamiento de nueva actividad consistente en "EMISION VIA SATELITE DO NOVO CANAL "GALICIA TV" con duración desde el 19 de diciembre de 1996 al 18 de diciembre de 1999, suscrito el 7 de abril de 1997 y con duraci6n hasta el 6 de octubre de 1997, prorrogado inicialmente hasta el 6 de octubre de 1998 y después hasta el 18 de diciembre de 1999. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad para sustituir al trabajador Romulo, suscrito el 7 de febrero de 2000 y con duración hasta el 30 de junio de 2000. .Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad para sustituir por vacaciones a Romulo

, suscrito el 1 de julio de 2000 y con duración hasta el 17 de julio de 2000. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad para sustituir por vacaciones a Justiniano, suscrito el 14 de agosto de 2000 y con duración hasta el 20 de agosto de 2000. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad para sustituir por crédito sindical a Justiniano, suscrito el 5 de septiembre de 2000 y con duración hasta el 6 de septiembre de 2000. - Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad para sustitución por crédito sindical a Justiniano, suscrito el 8 de septiembre de 2000 y con duración hasta el 8 de septiembre de 2000. -Contrato de trabajo de duración determinada, para la realización de obra o servicio determinado consistente en realización de funciones propias de OPERADOR MONTADOR DE VIDEO para el programa EN XOGO, suscrito el 10 de septiembre de 2000 y con duración hasta el 10 de septiembre de 2000. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, para sustituir a Romulo mientras este realiza funciones de Axudante de Realización, suscrito el 11 de septiembre de 2000 y con duración hasta el 24 de junio de 2001. -Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad para sustituir a Felipe mientras faga funcions de Repoteiro Grafico, suscrito el 25 de junio de 2001 y con duración hasta el 30 de septiembre de 2001. - Contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad parra sustituir a Romulo mientras este realiza funciones de Axudante de Realización,...

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