STSJ Castilla y León , 30 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha30 Julio 2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01568/2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID

-C/ANGUSTIAS S/N

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 49275 44 4 2011 0986224

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001310 /2012 C.N.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000451 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de ZAMORA

Recurrente/s: Marina Y SEIS MAS, AYUNTAMIENTO DE TORO

Abogado/a: JOSE FERNANDEZ POYO, RAFAEL GONZALEZ FRANCO

Procurador/a:, FERNANDO VELASCO NIETO

Graduado/a Social:

Recurrido/s: LOS MISMOS

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Rec. núm. 1310/12

Ilmos. Sres.

D. Gabriel Coullaut Ariño

Presidente de la Sala

D. Manuel Mª Benito López

D. Juan José Casas Nombela/

En Valladolid a treinta de julio de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 1310 de 2012 interpuesto por Dª. Marina, DOÑA Marí Trini, DOÑA Joaquina, DOÑA Edurne, DOÑA Herminia, DOÑA Miriam y DOÑA Silvia y por el AYUNTAMIENTO DE TORO contra sentencia del Juzgado de lo Social núm. Dos de Zamora de fecha 11 de noviembre de 2011 (autos 451/11), dictada en virtud de demandas promovidas por dichas actoras contra el AYUNTAMIENTO DE TORO, LIMPIEZAS, AJARDINAMIENTOS Y SERVICIOS SERALIA, S.A. y contra BEGAR MEDIO AMBIENTE, S.A., sobre DESPIDO, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan José Casas Nombela.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 21 de julio de 2011 se presentaron en el Juzgado de lo Social número Dos de Zamora demandas formuladas por las actoras, en las que solicitaban se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de las mismas. Admitidas las demandas y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

PRIMERO

La actora Dª. Marina, con DNI n° NUM000 ha prestado servicios para la entidad demandada Excmo. Ayuntamiento de Toro, con una antigüedad de 4-1-11 con categoría profesional de limpiadora prestando sus servicios en Palacio "Condes de Requena, percibiendo un salario bruto de 18,28 euros/día, incluyendo la prorrata de pagas extras. La actora comenzó su relación laboral con CLECE S.A el 20-12-02 a tiempo parcial subrogándose SERALIA (antes BEGAR) en fecha de 1-5-04. El día 31 de Diciembre del 2.011 concluyó la contrata con el Excmo. Ayuntamiento de Toro y al no darse trabajo a la trabajadora se demandó por despido dictándose en fecha de 4-11-11 sentencia de suplicación condenando al Excmo Ayuntamiento de Toro. El día 4 de Enero del 2.011 la trabajadora celebró contrato de trabajo de obra o servicio determinado a tiempo parcial con el Excmo Ayuntamiento de Toro.

La actora Dª. Marí Trini, con DNI n° NUM001 ha prestado servicios para la entidad demandada Excmo Ayuntamiento de Toro, con una antigüedad de 4-1-11 con categoría profesional de limpiadora prestando sus servicios en Colegio Hospital Virgen de la Cruz, percibiendo un salario bruto de 22,85 euros/día, incluyendo la prorrata de pagas extras. La actora comenzó su relación laboral con Excmo Ayuntamiento de Toro el 16-8-95 hasta 30-6-95 y de 16-8 a 30-9-95, y de 15-9 a 23-12- 99, para QUMICABOTIN S.L. de 14-1 a 29-2-00 y nuevamente para el Excmo Ayuntamiento de 2 a 31-3-00. En fecha de 1-4-00 es contratada por CLECE S.A. para la que trabaja de 26-5-00, de 1-6 a 30-6-00, de 4-9-00 a 30-6-01 (curso escolar), de 3-9-01 a 30-6-02, de 9-9-02 a 30-6-03, de 1-9-03 a 1-5-04 subrogándose SERALIA (antes BEGAR) en fecha de 1-5-04 para la que ha trabajado hasta 30-6-05, de 5-9-05 a 30-6-06, de 4-9-06 a 22-6-07, de 3-9-07 a 20-6-08, de 1-9-08 a 23-6-09, de 1-9-09 a 23-6-10 y de 3-6 a 31-12-10. El día 31 de Diciembre del 2.011 concluyó la contrata con el Excmo. Ayuntamiento de Toro y al no darse trabajo a la trabajadora se demandó por despido dictándose en fecha de 4-11-11 sentencia de suplicación condenando al Excmo. Ayuntamiento de Toro siendo anunciado recurso de casación y optando la entidad por la readmisión de la trabajadora. El día 4 de Enero del 2.011 la trabajadora celebró contrato de trabajo de obra o servicio determinado a tiempo parcial con el Excmo Ayuntamiento de Toro.

La actora Dª. Joaquina, con DNI n° NUM002 ha prestado servicios para la entidad demandada Excmo Ayuntamiento de Toro, con una antigüedad de 4-1-11 con categoría profesional de limpiadora prestando sus servicios en Colegio Hospital de la Cruz, percibiendo un salario bruto de 34,27 euros/día, incluyendo la prorrata de pagas extras. La actora comenzó su relación laboral con CLECE SA. en fecha de 1-6-00 trabajando hasta 30-6-00, de 4-9-00 a 30-6-01 (curso escolar), de 3-9-01 a 30-6-02, de 9-9-02 a 30-6-03, de 1-9-03 a 1-5-04 subrogándose SERALIA (antes BEGAR) en fecha de 1-5-04 para la que ha trabajado hasta 30-6-05, de 5-9-05 a 30-6-06, de 4-9-06 a 22-6-07, de 3-9-07 a 20-6-08, de 1-9-08 a 23-6-09, de 1-9-09 a 23-6-10 y de 3-6 a 31-12-10. El día 31 de Diciembre del 2.011 concluyó la contrata con el Excmo. Ayuntamiento de Toro y al no darse trabajo a la trabajadora se demandó por despido dictándose en fecha de 4-11-11 sentencia de suplicación condenando al Excmo. Ayuntamiento de Toro. El día 4 de Enero del 2.011 la trabajadora celebró contrato de trabajo de obra o servicio determinado a tiempo completo con el Excmo. Ayuntamiento de Toro.

La actora Dª. Herminia, con DNI n° NUM003 ha prestado servicios para la entidad demandada Excmo. Ayuntamiento de Toro, con una antigüedad de 4-1-11 con categoría profesional de limpiadora prestando sus servicios en Pabellón Municipal de Deportes, percibiendo un salario bruto de 18,28 euros/día, incluyendo la prorrata de pagas extras. La actora comenzó su relación laboral con SERALIA (ANTES BEGAR) en fecha de 11-1-05 A 10-9-05 mediante contrato eventual y desde 13-9-05 contrato indefinido a tiempo parcial. El día 31 de Diciembre del 2.011 concluyó la contrata con el Excmo. Ayuntamiento de Toro y al no darse trabajo a la trabajadora se demandó por despido dictándose en fecha de 4-11-11 sentencia de suplicación condenando al Excmo. Ayuntamiento de Toro. El día 4 de Enero del 2.011 la trabajadora celebró contrato de trabajo de obra o servicio determinado a tiempo parcial con el Excmo. Ayuntamiento de Toro.

La actora Dª. Edurne, con DNI n° NUM004 ha prestado servicios para la entidad demandada Excmo Ayuntamiento de Toro, con una antigüedad de 4-1-11 con categoría profesional de limpiadora prestando sus servicios en Colegio Virgen del Canto, percibiendo un salario bruto de 34,27 euros/día, incluyendo la prorrata de pagas extras. La actora comenzó su relación laboral con Verónica (Limpiezas Zamora) el 12-8-89 hasta 22-6-90 y de 17-9-90 a 9-5-9, subrogándose CLES DE MANTENIMIENTO para la que trabajó desde el 9-5-91 a 30-6-91 y de 2-9-91 a 31-12-91, subrogándose EULEN S.A. el 1-1-92 para la que trabajo hasta 30-6-92 y de 7-9-92 a 30-6-93 y de 1-9-93 a 31-12-93, trabajó para el Excmo Ayuntamiento de TORO de 10-3 a 30-6-94, de 7-9-94 a 30-6-95, de 11-9-95 a 30-6-96, de 10-9-96 a 21-12-96 de 7-1- a21-3-97 y de 1-4 a 30-6-97, de 4-9-97 a 23-6-98, de 11-9-98 a 30-6-99, de 15 a 23-12-99, para QUMICABOTIN S.L. de 14-1 a 29-2-00 y nuevamente para el Excmo. Ayuntamiento de 2 a 31-3-00. En fecha de 1-4-00 es contratada por CLECE S.A. para la que trabaja de 1-4- a 31-5-00 y de 1-6 a 30-6-00, de 4-9-00 a 30-6-01 (curso escolar), de 3-9-01 a 30-6-02, de 9-9-02 a 30-6-03, de 1-9-03 a 1- 5-04 subrogándose SERALIA (antes BEGAR) en fecha de 1-5-04 para la que ha trabajado hasta 30-6-05, de 5-9-05 a 30-6-06, de 4-9-06 a 28-6-07, de 3-9-07 a 20-6-08, de 1-9-08 a 24-6-09, de 1-9-09 a 23-6-10 y de 3-6 a 31-12-10. El día 31 de Diciembre del 2.011 concluyó la contrata con el Excmo. Ayuntamiento de Toro y al no darse trabajo a la trabajadora se demandó por despido dictándose en fecha de 4-11-11 sentencia de suplicación condenando al Excmo. Ayuntamiento de Toro y concediendo al Excmo. Ayuntamiento el derecho de opción, siendo anunciado recurso de casación y optando la entidad por la readmisión de la trabajadora. El día 4 de Enero del 2.011 la trabajadora celebró contrato de trabajo de obra o servicio determinado a tiempo completo con el Excmo. Ayuntamiento de Toro.

La actora Dª. Miriam, con DNI n° NUM005 ha prestado servicios para la entidad demandada Excmo. Ayuntamiento de Toro, con una antigüedad de 4-1-11 con categoría profesional de limpiadora prestando sus servicios en Escuela de Música y Centro de Profesores, percibiendo un salario bruto de 17,14 euros/día, incluyendo la prorrata de pagas extras. La actora comenzó su relación...

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