STSJ Cantabria , 11 de Mayo de 2000

PonenteMARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
ECLIES:TSJCANT:2000:884
Número de Recurso1473/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Social

Sentencia Núm. 524/00 Rec. Núm. 1.473/98 Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés iglesias En Santander, a once de mayo de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Uno de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª.

Mercedes Sancha Saiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Luis Antonio y otra, siendo demandada la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Afiliación y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 14 de septiembre de 1.998 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - Dña. Estíbaliz , D.N.I. NUM000 , viene prestando servicios para D. Luis Antonio .

  2. - La prestación de servicios consiste en la atención de la hija del Sr. Luis Antonio , quién residiendo en, el B° de Cabañes traslada a los mismos al domicilio de la Sra. Estíbaliz , quién les atiende llevándoles al colegio, recogiéndoles y dándoles de comer.

  3. - El actor D. Luis Antonio , interesó el alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar de la Sra. Estíbaliz , lo que así le fue reconocida.

  4. - Por Resolución de fecha 11 de noviembre de 1.997 se acordó iniciar expediente para anular el alta en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar. Por resolución de fecha 5 de Febrero de 1.998 se acordó anular el alta en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar de la Sra. Estíbaliz . Interpuesta reclamación previa la misma fue desestimada.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- La sentencia de instancia estima la pretensión formulada, revocando la Resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social, de 5 de febrero de 1.998, por la que se resolvía dejar sin efecto el alta de la Sra. Estíbaliz , en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar.

Recurre la TGSS demandada y, en...

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