STSJ Comunidad Valenciana , 19 de Mayo de 2001

PonenteJOSE DE BELLMONT Y MORA
ECLIES:TSJCV:2001:4553
Número de Recurso3971/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V. Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto nº 3971-97 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, a 19 de mayo de dos mil uno. VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos Srs. D. JOSE MARTA ZARAGOZA ORTEGA, Presidente, D. JOSE BELLMONT MORA Y D. FERNANDO NIETO MARTIN, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 741/01 En el recurso contencioso administrativo num 3.971-97, interpuesto por GINSA INFORMATICA S.A., representada por el Procurador D. FERNANDO PALACIOS DE LA CRUZ y dirigida por el Letrado D. MODESTO DE LA CRUZ REVESADO, contra resoluciones del DIRECTOR TERRITORIAL DE TRABAJOL Y ASUNTOS SOCIALES de Valencia de 24-9-1996 y del DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO de la GENERALIDAD VALENCIANA de 5-9-1997.

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada la GENERALIDAD VALENCIANA a través de sus Servicios Jurídicos, y Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE BELLMONT MORA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y Fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 8 de mayo de dos mil uno. QUINTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente recurso contencioso- administrativo la resolución del DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO de la GENERALIDAD VALENCIANA de 5 de septiembre de 1997, que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra resolución del DIRECTOR TERRITORIAL DE TRABAJO y...

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