STSJ Asturias , 30 de Noviembre de 2001

PonenteMARIA DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2001:5097
Número de Recurso1929/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL ROLLO N° RSU 1929 /2000 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: ORDINARIO .

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de, OVIEDO Autos de Origen: DEMANDA 538 /1998 RECURRENTE/S: Andrea , Carmen RECURRIDO/S: INSS SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a treinta de Noviembre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Ilmos. Sres. Dª.

MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, Dª. Mª DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA n° 2785/01 En los recursos de suplicación interpuestos por Andrea Y Carmen contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de OVIEDO de fecha veintidós de febrero de dos mil, dictada en proceso sobre pensión de viudedad, y entablado por Andrea frente a Carmen e INSS, ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha veintidós de febrero de dos mil por la que se estimaba parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La actora Andrea , nacida el 8 de julio de 1923, contrajo matrimonio con Don Joaquín el 3 de diciembre de 1960, y de cuyo matrimonio quedan dos hijas hoy mayores de edad, durando la convivencia matrimonial diez años.

  2. - El esposo de la actora contrajo nuevo matrimonio con Dª. Carmen el 3 de setiembre de 1966, con quien convivió hasta su fallecimiento ocurrido el 19 de mayo de 1991.

  3. - Con efectos 1 de junio de 1991 le fue reconocida a Dª. Carmen pensión de viudedad en el porcentaje del 45% de una base reguladora de 12.150 pesetas.

  4. - Solicitó la actora pensión de viudedad que le fue denegada, dando lugar a reclamación previa y a la interposición de la demanda que tuvo entrada en este Juzgado el 16 de julio de 1998, dictándose sentencia con fecha 5 de noviembre de 1998, que fue declarada nula y sin efecto por otra de la Sala de lo Social de fecha 19 de noviembre de 1999.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante y demandada, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda de la actora y declara su derecho a percibir pensión de viudedad en cuantía del 18,80 por 100 del 45% de una base reguladora de 12.150 pesetas mensuales, y frente a la misma recurren en suplicación tanto su representación letrada como la de la codemandada.

El recurso de la actora se articula en dos motivos, dedicando uno de ellos, por la vía procesal del artículo 191, b) de la Ley de Procedimiento Laboral, a los errores de hecho y el otro al examen del derecho aplicado en la sentencia de instancia a través de la adecuada vía procesal del artículo 191 c) de la Ley de Procedimiento Laboral.

En primer lugar postula la revisión de los ordinales primero y segundo del relato fáctico y ello por entender que no se hace mención al hecho de que cuando se celebró el segundo matrimonio de su marido estaba subsistente y plenamente vigente el primero de ahí que solicite la inclusión de un inciso en el que conste que tal matrimonio no había sido disuelto ni declarado nulo y aun siendo cierto este extremo no cabe acoger este motivo de recurso por...

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