STSJ Cataluña , 10 de Noviembre de 2001

PonenteEMILIO VICENTE BERLANGA RIBELLES
ECLIES:TSJCAT:2001:13854
Número de Recurso601/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso n° 601 /2000 Partes: Dª. Daniela . C/ DEMARCACION DE COSTAS EN CATALUNYA (MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE).

SENTENCIA N° 1446 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. EMILIO BERLANGA RIBELLES MAGISTRADOS D. JOSÉ Mª BANDRÉS SÁNCHEZ CRUZAT Dª Mª FERNANDA NAVARRO DE ZULOAGA En la ciudad de Barcelona, a diez de noviembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN SEGUNDA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

601/2000, interpuesto por Dª. Daniela , representada por el Procurador Sr. Juan Rodés Duran, y defendida por el Letrado D. Xavier Hors Presas contra la DEMARCACION DE COSTAS EN CATALUNYA (Ministerio de Medio Ambiente), representado y defendido por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO BERLANGA RIBELLES, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por D. Juan Rodés Durall, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo para la protección de los Derechos Fundamentales, al amparo del artículo 18.2 CE, que protege la inviolabilidad del domicilio contra la Demarcación de Costas en Catalunya (Ministerio de Medio Ambiente).

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal establecido por el Titulo V Capítulo I de la Ley 29/1998, de 13 de julio, y en virtud de lo dispuesto en el art. 118 de la L.J.C.A., se dio traslado a la parte actora para que formalizara demanda. Seguidamente se concede traslado de la demanda al Abogado del Estado y al Ministerio Fiscal. El Abogado del Estado solicita se dicte sentencia por la que se desestime íntegramente las pretensiones del demandante. Por su parte el Ministerio Fiscal interesa la estimación del recurso, con expresa imposición de costas a la Administración demandada.

TERCERO

Por Auto de fecha 7 de febrero de 2001, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose todas las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos.

Por el Abogado del Estado se solicita la suspensión de las presentes actuaciones por existir prejudicialidad penal, dándose vista al Ministerio Fiscal por término de cinco días a fin de que presente escrito de alegaciones. En el escrito del Ministerio Fiscal se opone a la suspensión de las presentes actuaciones; por su parte la actora se opone a la suspensión del procedimiento interesado.

Por Providencia de fecha 2 de octubre del 2001, la Sala acuerda la celebración de vista pública que tuvo lugar el seis de noviembre a las 12,30 horas.

Por el Ministerio Fiscal se presentó escrito interponiendo recurso de súplica contra la...

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