STSJ Cataluña , 3 de Mayo de 2002

PonenteLUIS MARIA DIAZ VALCARCEL
ECLIES:TSJCAT:2002:5839
Número de Recurso1944/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso n° 1944/98 Partes: D. Alonso C/ AYUNTAMIENTO DE PIERA SENTENCIA N°440 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VAZQUEZ MAGISTRADOS D. MANUEL TABOAS BENTANACHS D. LUIS Mª DIAZ VALCARCEL En la ciudad de Barcelona, a tres de mayo de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1944/98, interpuesto por D. Alonso , representado por la Procuradora Dª Mª. Teresa Aznarez Domingo, contra AYUNTAMIENTO DE PIERA, representado y asistido por la Letrada Dª Nuria Horcajo Martínez.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS Mª DIAZ VALCARCEL, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Procuradora Dª Mª. Teresa Aznarez Domingo, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución de 25.5.98 sobre Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos n° 32/98 por importe de 1.604.516 ptas.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de 4 de octubre de 2000, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos.

Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación y finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el 23 de abril del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de Alonso tiene por objeto la pretensión anulatoria de la Resolución dictada por la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Piera en fecha 25 de mayo de 1998 por la que se desestima el recurso de reposición presentado contra la liquidación del Impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de...

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