STSJ Murcia , 14 de Febrero de 2001

PonenteGLORIA ALARCON GARCIA
ECLIES:TSJMU:2001:384
Número de Recurso1174/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº. 1174/97 SENTENCIA nº. 75/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover Dña. Gloria Alarcón García Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 75/01 En Murcia, a catorce de febrero de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo nº 1174/97, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: demolición de obras de vallado Parte demandante:

Dña Diana , representada y defendida por la abogada Dña. María Remedios Mayol Mayol.

Parte demandada:

Excmo. Ayuntamiento de Alhama de Murcia, representado por el Procurador D. Jaime García Navarro y defendido por el Abogado D. Antonio F. López Imbernón.

Acto administrativo impugnado:

Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Alhama de Murcia, de fecha 8 de abril de 1997, en el que se le requiere a la demandada la demolición de las obras de vallado de fabrica de bloques y celosía y complementarias existentes en la Calle Doctor Sabín, con apercibimiento de que, transcurrido el plazo concedido sin haberse cumplido lo ordenado, dicha demolición la realizará el Ayuntamiento de Alhama a costa de la demandante.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia por la que, estimando íntegramente el presente recurso, se declare:

  1. - La nulidad del acuerdo impugnado por no ser conforme a Derecho.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sr. Dña. Gloria Alarcón García, quien expresa el parecer de la Sala.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 16-5-97 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustadas al Ordenamiento Jurídico las resoluciones recurridas.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 02-02-01.

II.-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Las cuestiones litigiosas a resolver en el presente recurso contencioso administrativo puede sintetizarse en las siguientes:

  1. - La nulidad del acuerdo de la Comisión de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Alhama de Murcia de 8 de abril de 1997 al no haberse cumplido las condiciones en las que debería basarse el Excmo.

    Ayuntamiento de Alhama de Murcia para requerir la demolición de las obras provisionales consistentes en vallado con fábrica de bloques y celosía, así como pavimentación de calzada, autorizadas por el acuerdo de dicha Comisión de Gobierno de 2 de noviembre de 1993 al no ser firme el acuerdo por el que se aprueba el proyecto de urbanización de la calle Dr. Sabín.

  2. - La nulidad del acuerdo de la Comisión de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Alhama de Murcia de 8 de abril de 1997 por no haberse iniciado el expediente de expropiación forzosa sobre la mencionada franja de terreno.

SEGUNDO

Que, según consta en la solicitud de la actora para que se le concediese la autorización para la realización de las obras provisionales cuya demolición origina el objeto del presente litigio, obrante en el expediente administrativo(folio 4), la misma se comprometía a proceder a la demolición de las obras cuando el Ayuntamiento acuerde y, se dé comienzo a las obras de urbanización de la calle proyectada,...

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