STSJ Canarias , 31 de Enero de 2003
Ponente | ANA TERESA AFONSO BARRERA |
ECLI | ES:TSJICAN:2003:326 |
Número de Recurso | 110/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SANTA CRUZ DE TENERIFE SENTENCIA nº 25 Rollo de Apelación n° 110/02 Iltmos. Sres:
Presidente D. Antonio Giralda Brito Magistrados D. Ángel Acevedo y Campos Dª Ana Teresa Afonso Barrera En Santa Cruz de Tenerife, a 31 de enero de dos mil tres.- Visto, en nombre del Rey, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, el recurso de apelación número 110/2002, interpuesto por la entidad BOSRA SL, representada por la Procuradora Sra. Cabeza Delgado y defendida por el Letrado Sr. Vila del Castillo, contra la Sentencia dictada el 22 de abril de 2.002 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. Dos de los de Santa Cruz de Tenerife, en su recurso número 319/00, siendo parte apelada Dª Guadalupe y la Asociación de Vecinos Villas de la Playa, representada y defendida por el Letrado Sr. Fernández Carrillo, versando sobre urbanismo
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número Dos de Santa Cruz de Tenerife, dictó sentencia el 22 de abril de 2.002, en su recurso 319/00, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: " Que debo estimar parcialmente la demanda interpuesta por Dª Guadalupe y la Asociación de vecinos Villas de la Playa...contra el Cabildo Insular de Tenerife y como demandado la entidad Bosra, SL... respecto a la resolución dictada por el Sr. Consejero Insular de Desarrollo Económico, Industria y Comercio, de 10 de mayo de 2000 en el expediente AC/132/00-DM1/00, sobre solicitud de licencia promovido por Bosra SL, para la apertura de la actividad de bar-categoría especial, acordando su nulidad, sin que haya lugar a indemnización a favor de los recurrentes, ello sin hacer expreso pronunciamiento en cuanto a las costas procesales".
Contra la citada resolución, la entidad mercantil codemandada interpuso en tiempo y forma recurso de apelación. Admitido a trámite, se concedió traslado a las demás partes personadas para, en su caso, su impugnación o adhesión. La Administración demandada se adhirió al recurso principal, siendo impugnado por los demandantes.
Recibidas las actuaciones en esta Sala, se acordó formar el correspondiente rollo de apelación, designar Magistrado Ponente y señalar día para votación y fallo, fecha en que tuvo lugar dicha actuación procesal, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Ana Teresa Afonso Barrera que expresa el parecer de la Sala.
El objeto de esta impugnación jurisdiccional es la Resolución del Cabildo Insular de Tenerife, de 10 de mayo de 2000, en virtud de la cual se concedió licencia par la instalación de un bar de categoría especial a la entidad apelante, actividad calificada como molesta por la producción de ruidos y vibraciones y emisión de olores, en un local...
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