STSJ Extremadura , 27 de Marzo de 2000

PonenteELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJEXT:2000:700
Número de Recurso216/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La sección de refuerzo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 464 PRESIDENTEDON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA En Cáceres a veintisiete de marzo de dos mil.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 216 de 1997, promovido por el Letrado D. José María Moreno Alvarez, en nombre y representación de los recurrentes DON José y DOÑA Almudena , siendo demandada LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, representada por la Procuradora Doña Antonia Muñoz García; recurso que versa sobre: resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura, de 8 de noviembre de 1.996, por la que se denegaba el reconocimiento de matrícula gratuita y la devolución de la cantidades satisfechas en concepto de precio público por enseñanza universitaria durante el curso académico 1.996/1.997, en el que estuvo matriculado en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Extremadura.- Cuantía.- 19.712 pesetas.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO: Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Doña ELENA MENDEZ CANSECO .-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

S.- PRIMERO.- El acto administrativo que somete a la consideración del Tribunal el Sr. José y la Sra. Almudena es la resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura, de 8 de noviembre de 1.996, por la que se denegaba el reconocimiento de matrícula gratuita y la devolución de las cantidades satisfechas en concepto de precio público por enseñanza universitaria durante el curso académico 1.996/1.997, en el que estuvo matriculado en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Extremadura. Se suplica en la demanda que, con revocación del acto impugnado, se reconozca el derecho a la exención solicitada y a la devolución del precio público satisfecho. A tales pretensiones se opone la...

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