STSJ Comunidad de Madrid , 25 de Octubre de 2001

PonenteGUSTAVO RAMON LESCURE CEÑAL
ECLIES:TSJM:2001:13553
Número de Recurso24/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso de Apelación nº 24/2.001 Ponente Sr. Gustavo Lescure Ceñal Secretaria Dña. Mª. Teresa Barril Roche Parte apelante. Proc. Ortiz Cañavate Partes apeladas: Proc. Rodriguez Vontaut.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA SENTENCIA NUM. 126 ILTMO. SR. PRESIDENTE:

D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

Dña. Pilar Maldonado Muñoz D. Juan Ignacio Prez Alférez En Madrid, a veinticinco de Octubre del año dos mil uno. Visto el recurso de apelación núm. 24/2.001 interpuesto por la Procuradora Dª. Mª. Paloma Ortiz Cañavate en nombre y representación de D. Clemente , contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 24 de Madrid de flecha 11 de Diciembre de 2.000, que declaró la inadmisibilidad el recurso contencioso-administrativo nº 35/00 respecto de resolución del Ayuntamiento de Madrid sobre liquidación del impuesto de incremento de valor de terreno por importe de 1.531.844 ptas.

habiendo sido parte apelada el AYUNTAMIENTO DE MADRID representado por el Procurador D. Rafael Rodríguez Montaut.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación procesal de la parte impugnante formuló recurso de apelación frente a la resolución judicial reseñada, solicitando la revocación de la misma, y siguiéndose per el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo los trámites procedimentales previstos en los artículos 80.3 y 85 y siguientes de la Ley Jurisdiccional 29/1.998.

SEGUNDO

Recibidas en esta Sala las actuaciones y documentaciones correspondientes al recurso de apelación, y no habiéndose solicitado por las partes la celebración de vista o la presentación de conclusiones, ni estimando la Sala necesario ninguno de tales trámites, se señaló fecha para la votación y Fallo del recurso de apelación, que tuvo lugar el día 24 de Octubre del 2.001.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Gustavo Lescure Ceñal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación versa sobre la sentencia dictada el 11 de Diciembre de 2.000 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 24 de Madrid que con relación al recurso contencioso-administrativo nº 35/00 de D. Clemente contra liquidación impositiva del Ayuntamiento de Madrid sobre incremente valorativo de terreno, declaró su inadmisibilidad por la falta de agotamiento de la vía pieza administrativa al no haberse interpuesto Tente a la liquidación el recurso de reposición previsto en los artículos 14 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 108 de la ley de Bases de Régimen Local.

SEGUNDO

La cuestión a que remite el enjuiciamiento de la apelación de autos se centra en determinar la incidencia del recurso administrativo de reposición respecto de la impugnación procesal contencioso-administrativa. Y en este sentido el Tribunal Supremo tiene declarado que el recurso de reposición constituye un presupuesto procesal especialmente cualificado, no siendo un requisito formal, más o menos relevante, ya que es imprescindible para que se considere...

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