STSJ Cataluña , 18 de Julio de 2001
Ponente | EDUARDO BARRACHINA JUAN |
ECLI | ES:TSJCAT:2001:9540 |
Número de Recurso | 974/1994 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 18 de Julio de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Recurso n° 974/94 Partes: D. Jaime C/ T.E.A.R.C. SENTENCIA N°751 Ilmos. Sres.
PRESIDENTE D. EDUARDO BARRACHINA JUAN MAGISTRADOS D. FRANCISCO JOSE SOSPEDRA NAVAS D. JOSE RAMON GIMENEZ CABEZON En la ciudad de Barcelona, a dieciocho de julio de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°
974/94, interpuesto por D. Jaime , representado por el Procurador D. MANUEL MARTÍ FONOLLOSA y defendido por el letrado D. CARLES GRACIA GOMÉS, contra EL TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA, representado y defendido por el ABOGADO DEL ESTADO.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. EDUARDO BARRACHINA JUAN, quien expresa el parecer de la SALA.
El Procurador citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución de fecha 14-10-93 desestimatoria de la reclamación n° 8/12397/92, por concepto de IVA, y liquidación de intereses.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Se siguió el proceso por los trámites dispuestos en la Ley Jurisdiccional y finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 16 de julio del año en curso.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
El objeto de este proceso consiste en determinar la legalidad de la resolución administrativa objeto de impugnación, que procedente del TEAR y de fecha 14 de octubre de 1.993, desestimó la reclamación económico-administrativa interpuesta en materia Te recargo por ingreso fuera de plazo en concepto del...
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