STSJ Aragón , 29 de Noviembre de 2000
Ponente | JAIME SERVERA GARCIAS |
ECLI | ES:TSJAR:2000:2820 |
Número de Recurso | 854/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 29 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Recurso N° 854 del año 1997 SENTENCIA N° 826 DE 2000 Ilmos. Srs. Presidente D. Jaime Servera Garcías Magistrados D. Eugenio Esteras Iguacel D. Fernando García Mata Zaragoza, veintinueve de noviembre del año dos mil. En nombre de S.M. el Rey. Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de justicia de Aragón, Sección Segunda, el recurso número 854/1997, seguido entre partes, como demandante, LOGISTICA DE TRANSPORTES MAN, S.L., representada por el Procurador, D. Pablo Marín Nebra y defendido por la Letrado, Dña. Fuencisla Gamella Pizarro; como demandada la Administración Estatal, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Es objeto de impugnación la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Aragón, de 30-4-97, que desestima la reclamación 22/153/96, contra sanción por infracción tributaria simple en materia de impuestos especiales.
Procedimiento: Ordinario Cuantía: Indeterminada Ponente: Ilmo. Sr. D. Jaime Servera Garcías.
Mediante escrito presentado con fecha, 4 de agosto de 1997, la parte actora dedujo el presente recurso contencioso-administrativo contra la indicada resolución.
Previa la interposición del recurso, publicación de su incoación y aportación del expediente administrativo, la parte actora formuló demanda en súplica de que se dicte sentencia estimando el recurso interpuesto contra las resoluciones impugnadas y anulando dicha resolución sancionadora, por resultar desproporcionada y no existir culpabilidad.
La Administración demandada, en su contestación a la demanda, suplicó la desestimación del recurso.
Recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta, con el resultado que consta en autos.
Finado el periodo probatorio, las partes evacuaron el traslado para conclusiones sucintas por escrito, señalándose para votación y fallo del recurso el día 22 de los corrientes.
Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, determinar si es o no conforme al Ordenamiento jurídico la resolución indicada en el encabezamiento de esta sentencia, por la que, desestimando la reclamación económico- administrativa igualmente reseñada, vino a confirmarse la sanción de 600.000 pesetas de multa e inmovilización del vehículo durante tres meses, impuesta a la demandante como responsable de una infracción tributaria simple tipificada en el artículo 54.2 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales , al haber sido denunciado el Camión - Tractor, dedicado a transporte, matrícula M-2647-PB y una potencia fiscal de 45 CVF, propiedad de dicha empresa y conducido por D. Silvio , el día 15 de...
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