STSJ Murcia , 19 de Septiembre de 2001

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2001:2442
Número de Recurso2984/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

1 Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº. 2984/97 SENTENCIA nº. 622/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 622/01 En Murcia a diecinueve de septiembre de dos mil uno. En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº. 2984/97, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: Impuesto sobre Sucesiones.

Parte demandante:

Dª. Susana , representada por el Procurador D. Manuel Sevilla Flores y defendida por el Abogado D. Carlos Valcarcel Siso.

Parte demandada:

LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Parte codemandada:

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 24 de junio de 1997 que estima en parte la reclamación económico administrativa 30/2317/96, formulada frente al acuerdo de la Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma estimatorio en parte el recurso de reposición formulado por la actora frente a la liquidación girada por Impuesto sobre Sucesiones nº. 3314/1994 por importe de 516.516 ptas. notificada al interesado el 16 de febrero de 1994. Este ultimo acuerdo anula la liquidación para que se notifique previamente al interesado la comprobación de valores. El TEARM estima en parte la reclamación para que se practique una nueva comprobación debidamente motivada y se notifique al interesado con posibilidad de proponer una prueba pericial contradictoria.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte resolución por la que se declare nulo el fallo del Tribunal Económico Administrativo de 24 de junio de 1997 y en su lugar se declare prescrita la liquidación recurrida.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 18-11-97, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

Las partes demandada y codemandada se han opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para...

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