STSJ Andalucía , 7 de Enero de 2003

PonenteRAFAEL TOLEDANO CANTERO
ECLIES:TSJAND:2003:82
Número de Recurso1890/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

SECCIÓN SEGUNDA RECURSO 1890/1997 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 54 DE 2.003 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

Don José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados Don Federico Lázaro Guil Don Rafael Toledano Cantero

En la ciudad de Granada, a siete de enero de dos mil tres. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1890/1997, seguido a instancia de la ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, que comparece representado por el Sr. Letrado del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, siendo parte demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 4.900.000 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 20 de mayo de 1997, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada, de fecha 27 de diciembre de 1996, expediente 18/2651/95, por el que se estimó la reclamación económico administrativa interpuesta por don Cristobal y se anuló la resolución de 17 de mayo de 1995, del Jefe del Servicio de Gestión Tributaria de la Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Economía y Hacienda, expediente 1296/90, por el que estimando el parte el recurso de revisión interpuesto por don Cristobal , revisó la comprobación de valores de 7 de noviembre de 1994 y valoró en 1.900.000 ptas el inmueble parcela de terreno en pago de Genital de Cajar, objeto de escritura pública de compraventa de 20 de diciembre de 1989 de la Notaria Sra Fernández Palma protocolo 1430. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado. SEGUNDO.- En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anulando la resolución recurrida. TERCERO.- En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia desestimando el recurso y confirmando la resolución recurrida. CUARTO.- No habiendo solicitado las partes el recibimiento a prueba ni la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación . Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora...

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