STSJ Murcia , 27 de Febrero de 2002

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2002:609
Número de Recurso2812/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº. 2.812/98 SENTENCIA nº. 211/02 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 211/02.

En Murcia a 27 de febrero de dos mil dos. En el recurso contencioso administrativo nº. 2.812/98, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 1.192.241 ptas., y referido a: solicitud de compensación de créditos y deudas tributarias.

Parte demandante:

D. Ildefonso , representados por el Procurador D. José Pablo Saura Pérez y dirigidos por la Abogado Dña. Ana Correa Medina.

Parte demandada:

LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO, representado y dirigido por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 29 de julio de 1.998, desestimatoria de la reclamación económico administrativa 51/474/97, formulada frente a acuerdos de la Delegada de la A.E.A.T. de Cartagena por los que se desestima la petición de compensación formulada por el recurrente, como representante como representante de "Explotaciones, Plantaciones y Riegos Agrícolas, S.A." y de "Huerto Sacristán de Cartagena, S.L.", por la que solitaba que se compensaran las deudas que tenía pendientes de ingresar D. Ildefonso por Actas de Inspección incoadas por importe total de 46.990.588 pesetas con el crédito reconocido a su favor mediante cesón jhecha a su favor por las citadas empresas para el pago de deudas tributarias.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se declare la nulidad de las resolución del TEARM impugnada y de la denegación de compensación instada y de la certificación de descubierto.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 11-12-98, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

Las partes demandada y codemandada se han opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 15-2-02.

II-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El recurrente deudor tributario con la A.E.A.T. por importe de...

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