STSJ Murcia , 21 de Diciembre de 2001

PonenteMARIA ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA
ECLIES:TSJMU:2001:3489
Número de Recurso46/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº: 46/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA SENTENCIA NÚM. 737/2001 ILTMOS SRES D. JOSÉ ABELLAN MURCIA PRESIDENTE Dª Mª ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA D. LUIS FEDERICO ALCAZA Y VIEYRA DE ABREU MAGISTRADOS En Murcia, a veintiuno de Diciembre de dos mil uno. Los Iltmos. Sres. Magistrados anotados al margen han visto el presente recurso contencioso administrativo que con el nº 46/2000 pende de resolución, tramitado por las normas de PROCEDIMIENTO DE PERSONAL, en cuantía indeterminada, interpuesto por don Roberto , representado y defendido por sí mismo, y en el que ha sido parte demandada la CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, contra Orden de fecha 26 de octubre de 1999, de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de fecha 20 de julio de 1999 del Tribunal Calificador de las pruebas de acceso al Cuerpo de Técnicos Especialistas, Opción Animación Social y Cultural, por el sistema de promoción interna, por el que se declara concluso dicho proceso selectivo.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 7-1-2000, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la siguiente pretensión: que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones recurridas, y se reconozcan los siguientes derechos a la actora: que se le corrija el segundo examen, y en caso de estar aprobado se publique una nueva relación de aspirantes que han superado el segundo ejercicio, y en el caso de ser seleccionada se le concedan todos los derechos económicos y administrativos, desde la fecha de finalización del segundo ejercicio, con los posibles intereses legales de demora, cuyas cuantías deberán ser fijadas en ejecución de sentencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo que se dicte Sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto y se declare ajustada a Derecho la resolución impugnada.

TERCERO

Recibido el proceso a prueba se practicaron las propuestas y admitidas con el resultado que consta en las actuaciones. Se señaló para la votación y fallo el día 14-12-2001, quedando los autos conclusos y pendientes de sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. doña Mª ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA, quien expresa el parecer de la Sala.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución recurrida desestima el recurso de alzada interpuesto por don Roberto , contra la resolución de fecha 20 de julio de 1999, del Tribunal Calificador de las pruebas de acceso al Cuerpo de Técnicos Especialistas, Opción Animación Social y Cultural, por el sistema de promoción interna, por el que se declara concluso dicho proceso selectivo.

En la demanda, en esencia, se dice que ni en la convocatoria de las pruebas selectivas en que participó ni en...

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