STSJ Comunidad de Madrid , 8 de Mayo de 2002

PonenteJOSE IGNACIO PARADA VAZQUEZ
ECLIES:TSJM:2002:6161
Número de Recurso1622/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA SENTENCIA 1165 RECURSO NÚM. 1622-2001 LETRADA DÑA. ROCIO GUERRERO ANKERSMIT PROCURADORA DÑA LOURDES MORALES MESA Ilmos. Sres.

Presidente D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez Dña. María Antonia de la Peña Elías D. Santos Gandarillas Martos D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo En la Villa de Madrid a 8 de Mayo de 2002 Visto por la Sala del margen el recurso núm. 1622-2001, interpuesto por la COMUNIDAD DE MADRID, representado por la letrada Dña. ROCIO GUERRERO ANKERSMIT contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 6.10.1998 reclamación núm. 28/08178/95 interpuesta por el concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y AJD, habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía, siendo codemandada DÑA. Virginia , representado por la procuradora DÑA. LOURDES MORALES MESA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 8-5-2002 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. J. Ignacio Parada Vázquez

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 6.10.1998, que estimó la reclamación deducida por Dña. Virginia contra el resultado del expediente de comprobación de valores por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y liquidación derivada del mismo, siendo anulados dichos actos administrativos y confirmada íntegramente la autoliquidación realizada por el...

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