STSJ Andalucía , 21 de Noviembre de 2000

PonenteRAFAEL TOLEDANO CANTERO
ECLIES:TSJAND:2000:17779
Número de Recurso1999/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 1999/1996 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NUM. 1.555 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

Don José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados Don Federico Lázaro Guil Don Rafael Toledano Cantero

En la ciudad de Granada, a veintiuno de noviembre de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1999/1996, seguido a instancia de DON Alvaro , que comparece representado por la Procuradora Sra. Pancorbo Soto y asistido de Letrado, siendo parte demandada la ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Letrado del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía. La cuantía del recurso es de 250.000 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 30 de mayo de 1996, contra la resolución del Director General de Transportes de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, de fecha 11 de abril de 1996, expediente GR-44.045-O/94 por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto por don Alvaro contra la resolución del Delegado provincial en Granada de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de fecha 22 de septiembre de 1994, por la que se le impuso sanción de multa de 250.000 ptas e inmovilización del vehículo matrícula PB-....-Y por infracción a la legislación de ordenación del transporte terrestre. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anule y declare no ajustado a derecho el acto impugnado.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia desestimando el recurso y confirmando la resolución recurrida.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Toledano Cantero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se dirige contra la resolución del Director General de Transportes de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, de fecha 11 de abril de 1996, expediente GR-44.045-O/94 por la que se...

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