STSJ Comunidad Valenciana , 3 de Marzo de 2003

PonenteREMEDIOS SANCHEZ FERRIZ
ECLIES:TSJCV:2003:1738
Número de Recurso2174/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Rec num. 2174/99 SENTENCIA Nº 299 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Ilmos. Sres. :

Presidente :

JOSE DIAZ DELGADO.

Magistrados :

JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.

Dña. REMEDIO SÁNCHEZ FERRIZ En la Ciudad de Valencia, a tres de marzo de dos mil tres.

VISTO por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo no 2174/99, interpuesto por el Procurador D. Alberto Mallea Catalá, en nombre y representación de Dña. Alicia , contra la Administración del Estado. Habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida SEGUNDO.- La parte demandada contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida TERCERO.- Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo CUARTO.- Se señaló la votación para el día 4 de diciembre de 2002, teniendo así lugar

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales salcvo la referida al plazo para dictar sentencia por el excesivo numero de asuntos que pesan sobre la Sección Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. REMEDIO SÁNCHEZ FERRIZ FUNDAMENTOS DE DERECH PRIMERO.- El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto, contra la Resolucion del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia, de 29 de septiembre de 1999, recaida en el expte 03/387096, desestimatoria de la reclamación formulada contra Acta de la Delegación en Alicante de la AEAT, de 23 de enero de 1995 sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente ejercicio de 1994 En la referida acta se modificaba la base imponible declarada en el ejercicio como consecuencia de la imputación de la base imponible positiva de la sociedad transparente MAISI, de cuyo capital la obligada tributaria, aquí recurrente, es titular en un 24,2 % y, en consecuencia, de los 16.669.807 de pesetas que la sociedad declara como base imponible, la aquí recurrente debería haberse imputado como ingreso el porcentaje aludido Se plantea por el Abogado del Estado la concurrencia de desviación procesal por cuanto, siendo el objeto del proceso la liquidación del IRPF de la recurrente, correspondiente al año 1994, toda la demanda se dirige a combatir la liquidación del Impuesto de Sociedades de MAISI. Alega asimismo ala Abogacía del Estado la incompetencia de esta...

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