STSJ Extremadura , 23 de Enero de 2003
Ponente | MERCENARIO VILLALBA LAVA |
ECLI | ES:TSJEXT:2003:100 |
Número de Recurso | 214/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 23 de Enero de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
LA SECCIÓN DE REFUERZO DE La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey ha dictado la siguiente:
SENTENCIA NUM 47 PRESIDENTE:
DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:
DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS/
En Cáceres a veintitrés de Enero de dos mil tres.
Visto el recurso contencioso administrativo número 214 de 2.000, promovido por el Procurador de los Tribunales Don Carlos Alejo Leal López, en nombre y representación de DON Aurelio , DON Rodrigo , DOÑA Angelina Y DOÑA Sandra , siendo demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, y como parte codemandada, la JUNTA DE EXTREMADURA, representada y defendida por el Sr. Letrado de su Gabinete Jurídico, recurso que versa sobre: Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura de 30 de Noviembre de 1.999, en reclamación número 06/1437/98, desestimatoria de la reclamación efectuada en concepto del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Cuantía 7.281.844 pesetas.
Por el Juzgado de lo Contencioso- administrativo número 1 de Badajoz, se remitieron los autos del proceso ordinario número 46/2.000, por entender que la competencia correspondía a este Tribunal. Admitida la competencia, por la parte actora se presentó escrito, mediante el cual interesaba se tuviera por comparecida y personada contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.
Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de las costas a la parte demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora; y dado traslado a la parte codemandada de la formalización y contestación a la demanda, evacuó el trámite conferido interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora. Por medio de Otrosí se solicitó el recibimiento del recurso a prueba por la parte actora.
Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el...
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