STSJ Castilla y León , 28 de Febrero de 2001
Ponente | JOSE MARIA LAGO MONTERO |
ECLI | ES:TSJCL:2001:1248 |
Número de Recurso | 2767/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso n° 2.767/1.996 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 429 ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DON EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO MAGISTRADOS:
DON ANTONIO J. FONSECA HERRERO RAIMUNDO DON JOSÉ MARÍA LAGO MONTERO En Valladolid, a veintiocho de febrero de dos mil uno. Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:
Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León, de 26 de marzo de 1.996 por la que se desestima la reclamación número 47/00865/96 sobre el valor comprobado por importe de 1.896.400 pesetas a efectos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de una parcela en Tordesillas, al sitio de El Montico.
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: Don Alonso , en su propio nombre y representación.
Como demandado: Administración General del Estado - Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León- representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MARÍA LAGO MONTERO.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una Sentencia por la que estime la demanda interpuesta por Don Alonso , declarando nula y sin efecto la Resolución recurrida del Tribunal Económico Administrativo de fecha 26 de marzo de 1.996, Reclamación Número 47/865/94, sobre liquidación complementaria del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y declarar no haber lugar a dicha liquidación, condenando a la parte demandada a estar y pasar por ésta declaración y a las costas del presente procedimiento.
Por OTROSÍ, se interesa el recibimiento a prueba del recurso.
En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.
El procedimiento...
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