STSJ Comunidad Valenciana , 14 de Diciembre de 2002
Ponente | CARLOS ALTARRIBA CANO |
ECLI | ES:TSJCV:2002:12159 |
Número de Recurso | 281/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 14 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
1 Recurso Nº.- 281.00 SENTENCIA Nº 1648 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Ilmo. Sres.:
Presidente D. José Díaz Delgado Magistrados D. Juan Luis Lorente Almiñana D. Carlos Altarriba Cano ???????????????????
En Valencia, a catorce de diciembre del año dos mil dos. VISTO por el Tribunal el Recurso Contencioso-Administrativo promovido por DOÑA MARIÁ
DOLORES MOTA ZALDIVAR, en nombre y representación de DOÑA Francisca Y DOÑA Mónica , contra el ministerio de Economía y Hacienda; Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia. Habiendo comparecido en estos autos la administración demandada, representada por el Sr. Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los tramites prevenidos por la Ley, se emplazo al demandante para que formalizara la demanda, lo que verifico mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.
La representación de la parte demandada, contesto la demanda mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazo a las partes para que evacuasen el tramite de conclusiones prevenido por el articulo 78 de la ley de esta jurisdicción y, verificado, quedaron los
Autos pendientes para votación y fallo.
Se señalo votación y fallo para la audiencia del día diez de los corrientes teniendo así lugar.
En la tramitación del presente procedimiento se han observado todas las formalidades legales.
Ha sido ponente de estos Autos el Ilmo. MAGISTRADO DON Carlos Altarriba Cano, quien expresa el parecer de la Sala.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y, demás de general aplicación, se hacen los siguientes.
Se interpone el presente recurso contencioso administrativo contra una resolución del TEAR de fecha 29 de noviembre de 1999, desestimatoria de la reclamación económica 03/000885/96, planteada contra dos liquidaciones girada por el concepto tributario de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, y otras dos en concepto de sanción, por una cuota tributaria global de 353.208 pesetas, que debe desglosarse del siguiente modo: 143.879 pesetas, (110.733 de cuota, 3.072 de honorarios, y 38.574 de intereses), correspondientes a dos liquidaciones giradas bajo el nº 985040015967/0 y 985040015969/5, del centro gestor de Orihuela, que a su vez implican una comprobación de valores, pues la oficina gestora incrementa en (145.554 x 2), 309.108 pesetas, el valor declarado por las contribuyentes de (1.700.000 x 2), 3.400.000 pesetas. Y otras dos liquidaciones giradas bajo el nº 985050020415/1 y...
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