STSJ Cantabria , 1 de Abril de 2004

PonenteCESAR TOLOSA TRIVIÑO
ECLIES:TSJCANT:2004:534
Número de Recurso551/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CANTABRIA SALA CON/AD SANTANDER SENTENCIA: 00234/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuán Arias Doña María Josefa Artaza Bilbao ? 9472^ 72 En la Ciudad de Santander, a 1 de abril de 2004. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 551/03 , interpuesto por DOÑA Luz , representada por la Procuradora Doña Estela Mora Gandarillas y defendida por el Letrado Don Manuel Castro Rodríguez, contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA) , representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado; actuando como parte codemandada el GOBIERNO DE CANTABRIA, representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos. La cuantía del recurso es de 2.901,81 . Es Ponente el Iltmo. Sr. Don César Tolosa Tribiño, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 4 de Junio de 2003, contra el Acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria, de fecha 29 de Abril de 2003, en virtud del cual se resolvió desestimar la reclamación económico-administrativa interpuesta por la recurrente, contra la liquidación complementaria girada por la Oficina Liquidadora de Laredo en concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, por el acta de notoriedad del notario de dicha localidad D. Elías Corral Delgado, con el número 392 de su Protocolo, y por un importe de 482.821 ptas. (2.901,81).

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.

TERCERO

En sus escritos de contestación a la demanda, tanto la Administración demandada como la parte codemandada, solicitan de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.

CUARTO

No solicitado el recibimiento del proceso a prueba, se señala fecha para votación y fallo el día 25 de Marzo de 2004, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso el Acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria, de fecha 29 de Abril de 2003, en virtud del cual se...

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