STSJ Cantabria , 28 de Septiembre de 2001
Ponente | MARIA TERESA MARIJUAN ARIAS |
ECLI | ES:TSJCANT:2001:1713 |
Número de Recurso | 639/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuan Arias Don José Luis Dominguez Garrido En la Ciudad de Santander, a 28 de septiembre de 2001.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 639/00, interpuesto por PLANIFICACION Y CONSTRUCCIONES INDUSTRIALES, S.A. representada por el Procurador Don Fernando Garcia Viñuela y defendida por el Letrado Don Máximo Sainz Cobo contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO- ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado y contra la DIPUTACION REGIONAL DE CANTABRIA.representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos. La cuantía del recurso es de 4.020. 562 pesetas. Es ponente la Iltma. Sra. Doña María Teresa Marijuan Arias, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso se interpuso el día 26 de julio de 2000 contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de fecha 31 de mayo de 2000 por el que se desestima la reclamación económico-administrativa entablada por el recurrente frente a la liquidacion complementaria del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados con valor comprobado de 925.020.000 de pesetas, frente a un valor declarado de 160.000.000 de pesetas y frente a la Resolución del TEAR de 31 de mayo de 2000 por la que se deniega la suspensión de la liquidación impugnada.
En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.
En su contestación a la demanda, la Administración del Estado y la Diputación Regional de Cantabria recurridas solicitan de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.
Recibido el proceso a prueba se practicaron las que constan en autos.
Señalada fecha para la vista tuvo lugar el día 27 de septiembre de 2001, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.
Tiene por objeto el presente pleito la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de fecha 31 de mayo de 2000 por el que se desestima la reclamación económico-administrativa entablada por el recurrente frente a la liquidacion complementaria del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados con valor comprobado de 925.020.000 de pesetas, frente a un valor declarado de 160.000.000 de pesetas y frente a la Resolución del TEAR de 31 de mayo de 2000 por la que se deniega la suspensión de la liquidación impugnada.
La única cuestión debatida en el presente proceso es la...
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