STSJ Canarias , 21 de Enero de 2000
Ponente | FRANCISCO JOSE GOMEZ DE LORENZO-CACERES |
ECLI | ES:TSJICAN:2000:213 |
Número de Recurso | 2172/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 21 de Enero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 78/2.000 ILTMOS. SRES.
DON JESUS SUAREZ TEJERA Presidente DOÑA CRISTINA PAEZ MARTINEZ VIREL DON FRANCISCO JOSE GOMEZ CACERES Magistrados Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de enero del año 2.000.
Visto, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en esta capital, el presente recurso número 2172/1997, tramitado por el procedimiento ordinario, en el que interviene como demandante don Millán , representado por el Procurador don Carmelo Roberto Jiménez Rojas, asistido del Letrado don José
Ramón y Montañana, y como administración demandada la General del Estado, representada y defendida por- el Sr. Abogado del Estado, interviniendo también, en calidad de codemandada, la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, representada y defendida por la Sra. Letrada de sus Servicios Jurídicos, versando el recurso sobre prescripción tributaria, siendo la cuantía del procedimiento de 634.835 pesetas.
Con fecha 10 de agosto de 1995 formula el hoy actor reclamación económico- administrativa contra la liquidación T050097, practicada por la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, por el concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, e importe de 634.835 pesetas.
La expresada reclamación fue desestimada por el TEAR en sesión celebrada el día 30 de junio de 1997.
La representación del actor interpuso recurso contencioso administrativo, formalizando demanda con la suplica de que se dicte sentencia por la que se anule el acto impugnado, declarándose prescrito el crédito tributario de la Administración.
La Administración demandada contestó a la demanda, oponiéndose a ella, e interesando una sentencia desestimatoria del recurso interpuesto. En el mismo sentido se pronunció la representación de la Comunidad Autónoma.
Practicada la prueba pertinente, las partes formularon conclusiones, señalándose para votación y Fallo del presente recurso la audiencia del día 21 de enero del año 2.000, en cuyo acto tuvo lugar su realización.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don FRANCISCO JOSE GOMEZ CACERES, Magistrado de esta Sala.
En función de la fundamentación jurídica de la demanda formalizada por el...
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